SLP

A puerta cerrada, diputados de SLP tumban “Ley Serrano” que sancionaba uso de IA para criticar autoridades

La organización Artículo 19 impugnó la “Ley Serrano” ante la Suprema Corte argumentando que esos delitos no regulan de manera clara el uso de inteligencia artificial; el Congreso de San Luis Potosí la derogó con 23 votos a favor y sin que se permitiera la entrada de activistas y periodistas

Créditos: X / @CongresoEdoSLP
Escrito en ESTADOS el

A puerta cerrada, diputados de San Luis Potosí aprobaron este jueves 30 de julio derogar artículos del código penal de la entidad que castigaban “el uso indebido de la inteligencia artificial para provocar alarma social”, la legislación conocida como “Ley Serrano”, impulsada por el legislador Héctor Serrano, del Partido Verde.

La eliminación de la normativa fue avalada por unanimidad, con 23 votos a favor, durante una sesión extraordinaria realizada a puerta cerrada. La votación se concretó en aproximadamente dos minutos, sin posicionamientos ni discusión de los legisladores en tribuna.

Las críticas se intensificaron después de que la legislación fuera utilizada en procesos contra comunicadoras acusadas de alterar o difundir contenidos digitales. Entre los casos señalados se encuentra el de Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo, cuya detención provocó protestas de colectivos periodísticos.

Cabe recordar que las comunicadoras Eréndira Reyes Aguillón, directora del portal “San Wicho Times”, y su hija Alejandra Hermosillo, junto con el creador de contenido Christian Herrera, responsable del portal “Código Rojo”, fueron capturados el 21 de mayo de 2026 por elementos de la Policía de Investigación. Saldrían de prisión el pasado 5 de junio.

Legisladores han planteado que a partir de septiembre se realicen mesas de trabajo con especialistas, universidades, periodistas y organizaciones civiles para analizar una nueva regulación sobre inteligencia artificial que proteja a las víctimas de manipulaciones digitales sin criminalizar la libertad de expresión.

Gráfico generado con ChatGPT.

La derogación se adelantó la derogación en la Gaceta parlamentaria del Congreso local

La derogación de cuatro artículos (artículo 187 ter, 272, 272 Bis y 272 ter) se publicó el lunes 27 de julio en la Gaceta parlamentaria del Congreso local y los integrantes de la comisión de Justicia aprobaron la propuesta; se prevé que la modificación se vote en el pleno el próximo jueves.

Las propuestas para eliminar esos artículos fueron presentadas por la organización civil Artículo 19, un ciudadano, Álvaro Israel Leyva Frías; Jessica Gabriela López Torres, diputada local por Morena y el gobernador Ricardo Gallardo Cardona.

Los artículos que se eliminarán se refieren al uso de inteligencia artificial para impostar una personalidad mediante el uso de medios electrónicos, informáticos, redes sociales o cualquier otro medio; mientras los relacionados con el 272 están relacionados con lo que Serrano llamó “uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”.

TAMBIÉN LEE: SLP: el PRI estatal llega tarde a la contienda de 2027

La reforma impulsada por Serrano castigaba a quien, mediante IA, generara, modificara o difundiera contenidos digitales que simulen de manera verosímil declaraciones, comunicados o actuaciones de autoridades; el código penal que se reformará también contemplaba castigos contra la “difusión dolosa de desinformación” generada mediante inteligencia artificial, con el objetivo de “generar alarma pública o alterar la paz social”.

Los delitos se sancionaban con penas de entre tres y seis años de cárcel y multa de trescientas a seiscientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en el Estado.

X / 
@CongresoEdoSLP

Oposición a Ley Serrano

La organización Artículo 19 impugnó la “Ley Serrano” ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación argumentando que esos delitos no regulan de manera clara el uso de inteligencia artificial, sino que abrían una vía penal para perseguir expresiones críticas o incómodas para personas en el poder público, periodísticas, satíricas, artísticas o de interés público.

Artículo-19 enfatizó que los artículos señalados carecen de precisión técnica y conceptual, al no definir con claridad qué debe entenderse por inteligencia artificial, contenido sintético o contenido artificialmente generado.

Dichas reformas al Código penal de SLP no establecen criterios objetivos para determinar cuándo una expresión genera “alarma pública”, altera la “paz social”, afecta la “confianza pública en las instituciones” o pone en riesgo la “seguridad del Estado”.

 

djh