El Congreso del Estado de Puebla enfrenta un conflicto con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por su desacato a corregir una ley para dotar del derecho de cambio de identidad de género a las infancias trans. Pese a que la SCJN ordenó modificar los artículos 831 y 875 bis del Código Civil del Estado de Puebla, los diputados locales aún no tienen fecha para votar el tema.
Esta tardanza podría acarrear sanciones en contra de Pável Gaspar Ramírez, diputado de Morena que preside la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo); Marcos Castro Martínez, panista que preside la Mesa Directiva; Mauricio Céspedes Peregrina, legislador del Partido del Trabajo (PT) y presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia; además del director de Asuntos Jurídicos del Congreso, Jesús Juárez Lezama.
Este 25 de junio venció el plazo que la SCJN le dio al Congreso del Estado de Puebla para modificar la legislación, por lo que se solicitó una prórroga para votar el tema. No es la primera fecha límite que incumplen los legisladores poblanos, la anterior venció el pasado 17 de junio, cuando la SCJN les dio una prórroga de cinco días hábiles que venció ayer.
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Pero no sólo los diputados poblanos evaden el tema; este 26 de junio, la Arquidiócesis de Puebla emitió un comunicado para manifestar su oposición a la “iniciativa de ley de las infancias trans”. Expresó su “su preocupación y rechazo” ante la iniciativa, al argumentar que “la Iglesia sostiene que la identidad sexual no es una construcción meramente subjetiva, ni una construcción social, ni una realidad completamente separada del cuerpo” y agregó que: “Ninguna ley puede estar por encima del derecho natural de los padres por decidir y salvaguardar el bienestar de sus propios hijos”.
Anuncian voto en contra
En 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió un recurso de inconstitucionalidad en contra del Artículo 875 Ter, fracción II del Código Civil del Estado de Puebla donde se establecía la mayoría de edad como requisito para modificar el género en el acta de nacimiento.
La SCJN dio la razón a la CNDH y notificó al Congreso poblano que debía modificar la legislación.
El 15 de diciembre de 2025, Cinthya Gabriela Chumacero Rodríguez, diputada de Morena, presentó la iniciativa de reforma al Código Civil del Estado sobre identidad de género autopercibida en menores de edad para dar cumplimiento a la sentencia emitida por la SCJN en la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021.
La legisladora aclaró que se trata sólo de que el Código Civil contemple un procedimiento administrativo accesible, sin requisitos médicos o psiquiátricos, ni condicionamientos basados en prejuicios relacionados con la edad.
El tema se ha pospuesto en varias ocasiones, pero la presión de la Suprema Corte ha llevado a los legisladores poblanos a considerar realizar la votación.
La bancada del Partido Acción Nacional (PAN) y Delfina Pozos Vergara, la única diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), ya anunciaron su voto en contra de la reforma; lo mismo que la mayoría de legisladores de Morena y sus aliados: el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza.
Previo al nuevo desacato al mandato de la Suprema Corte, las organizaciones Frente Nacional por la Familia y Citizen Go protestaron a las afueras del Congreso del Estado para oponerse a la iniciativa.
Este 26 de junio, Rafael Micalco Méndez, diputado local del PAN, protestó a las afueras de la sede de la SCJN para aclarar que no cederá ante los embates de la Suprema Corte, “menos tratándose de temas de vida y familia”, agregó.
CONTEXTO: La Ley Agnes
El 19 de febrero de 2021, el Congreso del Estado de Puebla aprobó una serie de modificaciones al Código Civil para reconocer la identidad de género autopercibida en documentos como el acta de nacimiento.
La iniciativa fue bautizada como “Ley Agnes” en honor a la activista transgénero Agnes Torres que fue asesinada en el estado de Puebla en 2012.
La modificación al Artículo 831 del Código Civil eliminó la necesidad de que las personas trans demostraran intervenciones quirúrgicas o algún otro tipo de procedimiento para acreditar su cambio de género.
El problema es que en la fracción II del mencionado artículo, se estableció tener 18 años de edad cumplidos como requisito para solicitar la nueva acta de nacimiento.
La CNDH promovió una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN, la cual aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa que estableció que no es necesaria la mayoría de edad para obtener el registro de reconocimiento de la identidad de género autopercibida
