Casi 4 años después de que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) destituyera de su cargo al magistrado Carlos Loranca Muñoz por sus presuntos vínculos con las organizaciones delictivas dedicadas al robo de hidrocarburos (huachicol) en Puebla, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió reinstalarlo en su cargo.
Arguyendo que el CJF se equivocó en la aplicación de la Ley al sancionarlo, la SCJN revocó la destitución del entonces (2021) magistrado del Primer Tribunal Unitario del Sexto Circuito, así como la inhabilitación de 15 años que se le impuso como jurista.
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Carlos Loranca Muñoz, quien tomó el cargo de magistrado en 2013, fue castigado por el CJF en base a la Ley Federal de Responsabilidades de 1982, y debió haber sido castigado según la Ley General de Responsabilidades Administrativas de 2017, afirmó la SCJN.
La destitución e inhabilitación de Carlos Loranca Muñoz estuvo justificada en el hecho de que no incluyó un ingreso de 6 millones de pesos en sus declaraciones patrimoniales de 2014, 2015 y 2016, cuando formaba parte del Primer Tribunal Unitario en el estado de Puebla. Dichas anomalías apoyaban la acusación en su contra, por presuntos nexos con huachicoleros en la entidad.
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En específico, Loranca Muñoz fue vinculado con el empresario gasolinero Othón Muñoz Bravo, alias “El Cachetes”, presunto líder del huachicol en Puebla. Ambos aparecen en una fotografía tomada en una reunión realizada en el Fraccionamiento El Cristo, en Atlixco.
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¿Qué gana Loranca Muñoz con el fallo de la SCJN?
Con el fallo de la SCJN, el cual anula el fallo del CJF de 2021, Carlos Loranca Muñoz tendrá derecho a cobrar los salarios que dejó de percibir desde hace siete años, cuando fue suspendido, monto que alcanza los 15 millones de pesos. Hay que recalcar que cuando fue suspendido siguió cobrando el 33% de su salario y cuando fue destituido dejó de cobrarlo en su totalidad.
SCJN emite comunicado
Mediante una tarjeta informativa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó de la reintegración de un magistrado acusado de poseer vínculos con presuntos líderes del huachicol en Puebla, la cual afirmaron no estar relacionada con el pronunciamiento de la dependencia, sobre la inocencia o culpabilidad del citado magistrado.
“Es preciso decir, la Corte NO se pronunció sobre la inocencia o culpabilidad del citado magistrado, sino únicamente sobre la constitucionalidad del procedimiento llevado a cabo en su contra”, aclaró la SCJN.
La sentencia de la SCJN a favor del magistrado Carlos Loranca Muñoz, cuya ponencia estuvo a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán, detalla que la investigación y el procedimiento sancionador del Consejo de la Judicatura Federal del 24 de febrero de 2021, se fundaron en una norma incorrecta, por lo que se violaron los artículos 14 y 16 constitucionales por una indebida fundamentación y motivación.
Y que el fallo “tiene el propósito de que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal deje insubsistente su resolución y proceda restituir al magistrado en el goce de sus derechos. Sin embargo, el Alto Tribunal deja claro que el CJF puede ejercer su facultad de investigación y, en su caso, de sanción de alguna conducta sobre este asunto, si cuenta con elementos para ello”.
VGB