FINANZAS PERSONALES

El SAT va por el 20% del dinero que van a retirar de pensión los usuarios de Afore

¿Sabías que cuando las Afore entregan los recursos procedentes de las subcuentas del seguro para el retiro en una sola exhibición, están obligadas a efectuar una retención del 20% sobre la cantidad entregada?

En qué casos te pueden retener hasta el 20% de tu pensión y aquí te decimos por qué
En qué casos te pueden retener hasta el 20% de tu pensión y aquí te decimos por quéCréditos: LSR/ Istock
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Si realizas aportaciones voluntarias en tu Afore tendrás grandes beneficios, ya que además de asegurar un buen retiro aumentando el monto de tu pensión, tiene la ventaja de poder deducir impuestos de las aportaciones voluntarias que realices a tu cuenta individual.

Incluso existen diferentes tipos de Ahorro Voluntario que, por sus características, podrás o no obtener un beneficio fiscal o incluso disminuir la carga fiscal, ya sea por la exención del impuesto, su deducción o diferimiento.

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Sin embargo, a la hora de retirar el dinero hay ciertas condicionantes que pueden incidir en que te retengan una parte de tu pensión. Al respecto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), ha observado la grave situación de inequidad que viven aquellos trabajadores que recuperan sus fondos para el retiro en una sola exhibición, pues cuando van a retirar los ahorros de toda una vida, sea porque alcanzan los 60 o 65 años de edad, sin que tengan derecho a pensión, por no completar las semanas de cotización, sufren una retención del ISR que puede ser hasta del 20% de la cantidad que retiran.

Además, si estos trabajadores logran presentar declaración anual, la tarifa del impuesto a pagar se irá a la general del ISR, como si el trabajador hubiera percibido el monto del retiro en un año de calendario, sin atender a que corresponde a ahorros generados durante muchos años, lo que significa que podrá obtener una devolución parcial del impuesto retenido si la tarifa resulta menor al 20%, o bien generar un impuesto por una cantidad mayor de hasta 30%, que es la tarifa máxima.

"Es inadmisible considerar que se graven estos ahorros cuando se retiran de las Afores, pues la cuota de seguridad social en la parte que incorpora el ahorro para el retiro ya pagó impuesto sobre la renta por la cantidad que aportó el asalariado, mientras que la cuota aportada por el patrón y el Gobierno mensualmente, no integra salario, de conformidad con la Ley del Seguro Social, por lo que no debe causar el impuesto.

Sin embargo, cuando el trabajador retira sus fondos se le cobra no sólo sobre el monto de los rendimientos sino por las mismas aportaciones de seguridad social generadas a lo largo de todos sus años de trabajo, con lo cual se desconoce la naturaleza de esas aportaciones y se afectan gravemente las finalidades mismas de los sistemas de ahorro para el retiro.

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Retiros en una sola exhibición

La Afore está obligada a retener y enterar al SAT de los impuestos retenidos, así como entregarte tu constancia de retención de impuestos con la cual podrán acreditar el pago de ISR en tu declaración anual.

Para el caso de los retiros en una exhibición, las Afores tienen la obligación de retener por concepto de ISR y pagar al SAT, un 20% sobre el importe del retiro disminuido con la parte exenta.

Sin embargo, si el ahorro (SAR 92) se retira al cumplir los 65 años (retiro por edad), sin que al momento del retiro se de el supuesto de separación laboral, las Afores deberán retener el 20% sobre el total de los recursos retirados.

Al momento de acudir a retirar los recursos de la cuenta individual, para que la Afore pueda calcular la parte de los recursos que no son sujetos de retención de ISR, se debe presentar la Resolución o Concesión de pensión, o bien la Negativa de pensión, con el número de semanas o años cotizados que les hubiere emitido el IMSS o el ISSSTE, según corresponda.

El impuesto retenido por la Afore es a cuenta del impuesto anual del trabajador, por lo que, al momento de presentar la declaración anual, se puede acreditar el monto que te hubiere retenido la Afore

Las Afore como personas morales que entregan recursos, están obligadas a retener y enterar al SAT los impuestos, así como de entregar a los clientes la constancia de retención de impuestos con la cual podrán acreditar el pago de ISR en su declaración anual.

Emisión de constancia de retención de impuestos

Para obtener la Constancia de Retención de Impuestos (ISR), la puedes obtener por medio de tus servicios en Línea. 

Por ley, esta constancia debe ser emitida de forma electrónica, como un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) y la podrás localizar dentro de la opción de trámites dentro de servicios en línea.

 

 

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