Si bien el Servicio de Administración Tributaria (SAT) supervisar y fiscaliza a todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), hay ciertos depósitos en cuentas bancarias que no son vigilados, debido a que no todos los movimientos financieros despiertan la misma atención del fisco, y algunos depósitos, aunque sean regulares, no requieren el pago de impuestos.
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Por otro lado, es importante que tengas claro que el SAT considera como depósitos en efectivo todos aquellos realizados en moneda nacional o extranjera en alguna cuenta del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
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Mientas que, no son depósitos en efectivo los hechos a favor de contribuyentes mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con alguna institución del sistema financiero.
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Existen ciertos depósitos que, aunque involucren dinero en cuentas bancarias, no están bajo la supervisión del SAT ni son considerados como sujetos a impuestos, como por ejemplo:
- Depósitos a hijos
- Pagos por ventas de productos de catálogo
- Tandas o préstamos personales
Pagos que NO debes realizar en efectivo
Si eres persona física, conoce qué cosas son deducibles de impuestos en tu declaración, siempre y cuando NO los pagues en efectivo.
- Servicios médicos, dentales, nutrición y psicología.
- Gastos por hospitalización y medicinas en hospitales.
- Estudios clínicos o análisis.
- Prótesis.
- Aparatos para rehabilitación.
- Lentes ópticos graduados.
- Seguros de gastos médicos.
- Colegiaturas desde preescolar hasta preparatoria.
- Gastos funerarios de cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos o nietos.
- Donativos a instituciones oficiales y autorizadas.
- Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.