Desde enero de este año, el gobierno estableció que empresas como Mercado Libre, Amazon, Temu o Shein deberán inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes y pagar impuestos por los servicios que ofrecen, ya sean productos importados o digitales, según la Resolución Miscelánea Fiscal 2025; además, todos los productos textiles provenientes de Asia están sujetos a un arancel del 35%.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
Roberto Iván Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México explicó a La Silla Rota que los bienes que entran al país a través de empresas de mensajería procedentes de naciones que no tienen un tratado comercial con México, como China -sede Shein y Temu-, estarán sujetos a un arancel del 19%. Las mercancías que ingresen a través de empresas de mensajería desde Canadá y Estados Unidos, que forman parte del TMEC, estarán sujetas a un arancel del 17%si el valor es superior a 50 dólares, pero no excede los 117 dólares.
Te podría interesar
"La principal consecuencia será el costo para los usuarios por los productos que adquieren en línea, ahora será pagarán más por productos que comúnmente son más baratos. Habrá qué ver cuál es la estrategia de las plataformas para eficientar el precio con los productos y que no haya una merma en la calidad".
SAT da prórroga hasta 2025
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio una- nueva- prórroga para que los contribuyentes activen su buzón tributario y puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.
De acuerdo con el organismo, la prórroga para activar el buzón tributario será hasta el 31 de diciembre de 2025 y quienes no lo hagan en este lapso serán acreedores a una sanción. Antes de este nuevo plazo, la fecha prevista para habilitarlo fue el 31 de diciembre de 2024.
Desde 2020, habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de:
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- ?Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
- ?Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.