El tema de la inmovilización de cuentas bancarias se ha convertido, de acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), en un ejemplo paradigmático de casos, en general graves, de violaciones a los derechos de los contribuyentes, lo que ha derivado en diversas acciones, como asesorías y representación legal de los contribuyentes afectados.
La Prodecon aclara que si bien reconoce que las autoridades como el SAT, IMSS o Infonavit o los propios bancos están facultadas por ley para ordenar la inmovilización de los depósitos y cuentas financieras de los contribuyentes, lo cierto es que, a fin de respetar sus derechos fundamentales, debe tenerse en cuenta que esta medida y, especialmente, la forma y términos en que a veces se ejerce, genera consecuencias trascendentales para los contribuyentes afectados.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
Te podría interesar
Si eres beneficiario de un programa social del gobierno federal o tienes algún familiar que lo es y le inmovilizan los recursos, debes saber que ese dinero no puede ser objeto de embargo, es decir, los depósitos que realiza el Banco del Bienestar por concepto de un programa del gobierno federal no son sujetos de inmovilizaciones.
También puedes leer: Estos adultos mayores no podrán cobrar su pensión del Bienestar por bloqueo de su NIP
¿Van a dejar sin dinero a adultos mayores?
De acuerdo con la Prodecon, el apoyo que se le da a los adultos mayores por parte del gobierno federal no está tipificado de manera textual dentro del artículo 157, fracción XI y XI del Código Fiscal, sin embargo, a criterio de la Procuraduría podría encuadrar dentro del concepto de "pensiones de cualquier tipo" por tal motivo, si le están realizando ese embargo de cuenta sería improcedente.
Y ante una situación así, la Prodecon puede ofrecer el servicio gratuito de quejas y reclamaciones a los adultos mayores o personas afectadas por un embargo a efecto de iniciar acciones de investigación y validar dicha situación con la autoridad y así poder reconocer que ese apoyo pueda ser considerado dentro de los bienes inembargables y que procesa su desbloqueo.
La Prodecon explicó a La Silla Rota que el bloqueo de recursos puede originarse por adeudos o situaciones que se puedan tener con dependencias como el SAT, IMSS o Infonavit, lo que sea la causa que lo genera, que al final es la la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es quien lo realiza (el bloqueo) por la situación que sea el caso en particular.
"Que en la situación en particular (de personas que reciben programas sociales), no procedería esa inmovilización de cuenta".