Si eres cliente de Banamex, BBVA o Banorte, es posible que en alguna ocasión algún amigo o familiar te haya pedido prestada tu tarjeta y si bien no hay nadie que te lo prohiba, en la práctica si el préstamo se vuelve común, se podría incurrir en la discrepancia fiscal, lo que, como contribuyente te vuelve un blanco para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la auditoría de gastos e ingresos. En caso de que las transacciones se acumulen en el historial, podrían significar un verdadero problema, sin contar que puedes terminar pagando deudas ajenas.
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Si el SAT nota que tus ingresos no corresponden con tus gastos podrías caer en discrepancia fiscal, y la autoridad fiscal determinará que omitiste alguna obligación como contribuyente.
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El artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), establece que las personas físicas podrán ser objeto de discrepancia fiscal si se comprueba que el monto de sus erogaciones en el año es superior a los ingresos que declararon. Aquí se consideran los gastos, adquisiciones de bienes, depósitos bancarios, inversiones financieras y tarjetas de crédito.
En caso de que el SAT identifique discrepancia fiscal:
Notificará sobre la discrepancia encontrada a partir del monto de las erogaciones detectadas, así como la información que utilizó para conocerlas y el medio por el que se obtuvieron.
Se contarán con 20 días, a partir del día siguiente de la notificación, para informar por escrito a las autoridades fiscales sobre el origen y procedencia del dinero que se usó con la tarjeta de crédito prestada. Es decir, los recursos con los que se hicieron las erogaciones. Tal vez se deba mostrar evidencia para comprobar que no forman parte de ingresos gravados, como facturas o tickets.
Si la discrepancia se acredita, se presumirá ingreso gravado y se formulará la liquidación respectiva. Las sanciones por prestar la tarjeta de crédito serán iguales al ISR o Impuesto Sobre la Renta del monto que no se declaró. Si se muestra un monto de gastos mayor a sus ingresos, el SAT elevará la tarifa de impuestos.
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¿Te pidieron prestada tu cuenta bancaria?
¿Te ha pasado que un amigo o conocido tuyo quiere recibir o enviar una cantidad de dinero, en México o en el extranjero y te pide que le prestes tu cuenta para esa operación, además te dará un porcentaje por el favor? ¿Qué puede pasar?
A esta acción de prestar tu cuenta, se le conoce como prestanombres o testaferro. Hacer este favor te puede acarrear varios problemas, desde el robo de identidad hasta complicaciones con la justicia.
¿Qué significa ser prestanombres? Es el individuo que finge realizar transacciones financieras por cuenta e interés propio y asume las obligaciones como si fueran suyas, sin embargo, el dinero es de otra persona.
A la persona que presta su nombre se le conoce también como testaferro y es un término italiano que puede traducirse como “cabeza de hierro”. Un testaferro es un individuo que firma un contrato o documento haciéndose cargo de alguna responsabilidad, en su caso, asumiendo una titularidad que corresponde a otra persona.
La Secretaría de Hacienda ha alertado a la población a no prestar sus cuentas bancarias para depositar o aceptar depósitos, ante el riesgo de que pudiesen ser de procedencia ilícita o para lavar dinero.
¿Qué transacciones son susceptibles a este caso?
De acuerdo con la Condusef, son varias las acciones con prestanombres, pero las más usuales son:
- Abrir cuentas bancarias.
- Aceptar depósitos para otra persona.
- Aparecer como el titular de una tarjeta de crédito que usa otra persona.
- Aparecer como dueño de bienes muebles, inmuebles o empresas de un tercero.
De acuerdo con la Condusef, la gravedad de aparecer como prestanombres es que puedes ser acusado de cómplice en diversos delitos fiscales o fraudes. Entre estos el principal es la evasión fiscal y encubrimiento.
- Los recursos pueden ser utilizados para financiar la delincuencia organizada:
- Corres el riesgo de robo de identidad:
- Podrías quedarte con deudas ajenas:
- Podrías incurrir en lavado de dinero: