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SAT da ultimátum a contribuyentes: Plazo vence el 31 de mayo

Recuerda que hay organizaciones civiles o fideicomisos que pueden recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta de personas físicas o morales

Escrito en DINERO el

Una de las mayores preocupaciones de las organizaciones de la sociedad civil que realizan actividades de defensa y promoción del respeto a los derechos humanos, de beneficencia hacia los menos favorecidos económicamente o de cuidado del medio ambiente, es la obtención de recursos económicos para realizar sus labores y sin duda, una solución alternativa a la insuficiencia de recursos es la diversificación de las fuentes de financiamiento, así que convertirse en una donataria autorizada para recibir fondos es una estrategia factible, pero hay información importante del SAT.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un ultimátum a las Donatarias Autorizadas pues recordé que tienen hasta el 31 de mayo de 2024 para presentar su Declaración de Transparencia del ejercicio 2023.

Destacó que con esta acción, contribuyen a la confianza de la ciudadanía, al dar claridad sobre los donativos recibidos, su uso y destino, así como las actividades que se realizan en beneficio del país.

Además y no menos importante, esta obligación fiscal es necesaria para que no sean dadas de baja o acreedoras a sanciones y debe ser congruente con su declaración anual de ingresos.

¡Ojo! Las donatarias son organizaciones sin fines de lucro que, al tener la autorización del SAT, se consideran no contribuyentes del impuesto sobre la renta (ISR) por los ingresos que obtengan, además de contar con otros beneficios fiscales.

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Beneficios de las Donatarias Autorizadas son:

De acuerdo con el SAT:

  • Tributan para efectos fiscales como personas morales con fines no lucrativos.
  • No son contribuyentes del ISR ya que no buscan la generación de una utilidad.
  • Pueden recibir donativos sin límite, ya sea en efectivo o en especie, de residentes en el país o en el extranjero; deben expedir los comprobantes respectivos.
  • Pueden tener ingresos no relacionados con su objeto social, siempre que los mismos  sean menores a 50% de los ingresos totales del ejercicio.

Para ser una Donataria Autorizada se requiere:

  • Realizar la solicitud a través del Buzón Tributario.
  • Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos.
  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
  • Para la continuidad de la vigencia de la autorización debes cumplir con la presentación de todas tus declaraciones (la vigencia es anual).

"Si quieres hacer una donación, te recomendamos verificar que la Donataria sea autorizada, cuáles son las actividades que realiza y exigir tu comprobante fiscal. Recuerda que lo puedes deducir", dijo el SAT.

Para que sea deducible la donación, es necesario que el donante verifique:

  1. Que la Donataria esté autorizada.
  2. Solicitar a la Donataria comprobantes fiscales que amparen los donativos y que estos cuenten con el complemento de Donatarias.
     

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