Hasta antes de la reforma de “vacaciones dignas”, aprobada en 2022, México se colocaba como uno de los países con menos días de descanso dentro de sus derechos laborales, con solo 6 días de vacaciones en el primer año de trabajo, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). La reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, que duplica de 6 a 12 días de vacaciones a partir del primer año de trabajo, entró en vigor el 1 de enero del 2023, pero hay un sector de trabajadores que tendrán hasta 18 días de vacaciones.
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El periodo vacacional al que tienen derecho los mexicanos posicionaba a nuestro país como una de las economías del mundo con los lapsos más cortos de descanso obligatorio para su fuerza laboral, por debajo de naciones como Cuba, Panamá o Nicaragua, donde se ofrecen 30 días desde el primer año de laborales.
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Es decir, en México las personas tendrían que trabajar durante 45 años continuos en una misma empresa para poder alcanzar el periodo mínimo del que gozan los cubanos, panameños o nicaragüenses desde su primer año de servicio.
Esta diferencia se debe a que en México los trabajadores tenían derecho a 6 días de vacaciones al cumplir su primer año laboral, este período incrementa dos días por cada año subsecuente hasta llegar a 12 días, esto ocurre en el cuarto año y después de esto, las vacaciones aumentan dos días al completar un ciclo de cinco años.
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La reforma de vacaciones dignas en México, establece que después del primer año de trabajo, se aumentarán dos días por año durante los siguientes cinco años, hasta llegar a 20 días de descanso obligatorio y a partir del sexto año de trabajo, el periodo de vacaciones aumentará dos días por cada lustro trabajado.
Para calcular los días de vacaciones que te corresponden por año, se deberá tomar en cuenta la antigüedad laboral al 31 de diciembre del 2022, cuando se aprobó dicha reforma. Esto es, si comenzaste a trabajar el 1 de enero de 2023, tendrás derecho a 12 días de vacaciones en 2023, 14 días en 2024, y así sucesivamente.
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Derechos de Menores que trabajan
La Ley Federal del Trabajo establece para mayores de 15 años y menores de 16 las siguientes consideraciones:
- Deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud física para laborar.
- Cumplir con los exámenes médicos que acrediten la aptitud para desempeñar las actividades laborales.
- Jornada máxima de seis horas, con descanso de cuando menos una hora por jornada laboral.
- Queda prohibido trabajar horas extras, los días domingos y en sus días de descanso.
- El periodo vacacional será, por lo menos, de dieciocho días anuales y en caso de no haber cumplido el año de servicio será proporcional al tiempo laborado.
- Se necesita de la autorización del padre, madre o persona tutora para desempeñar la actividad laboral.
"Si ya trabajas y tienes entre 15 y 18 años de edad, protégete y pide tus derechos de seguridad social. Solicita a tu patrón que te registre ante el IMSS"