FINANZAS PERSONALES

¿Cuándo no conviene la modalidad 40?

Si estás a un paso de pensionarte, debes revisar qué te conviene más, si pensionarte con la modalidad 10 o 40 del IMSS; aquí te decimos cuál es la diferencia entre cada una y sus beneficios

Escrito en DINERO el

La jubilación es un derecho que se obtiene cuando una persona deja de trabajar y recibe una pensión económica de la Seguridad Social. Para muchos, la jubilación es un sueño que se hace más tangible a medida que se acercan los años dorados. Sin embargo, la transición del trabajo a la jubilación puede presentar retos, por lo que es importante estar preparado. 

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Muchas veces, a la persona que se jubila le cuesta aceptar este cambio vital ya que implica un cambio de rol importante. Es habitual la tendencia a asumir, durante el transcurso de nuestra vida, la identidad de cada uno de nosotros con el rol profesional que tenemos, por ello, en el momento de la jubilación, nos encontramos con otras muchas identidades que también forman parte de nuestra vida y a las que seguramente no les estábamos prestando tanta atención.

Es recomendable tener bien planificada la jubilación, y previo a llegar a ese momento, hay algunas opciones a nuestro alcance para mejorar el monto que vamos a recibir.

Salvador Rotter Aubanel, contador y vocero de la Comisión de Desarrollo de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México explicó en entrevista con La Silla Rota que, la modalidad 40 es la continuación voluntaria del régimen obligatorio. La modalidad 10 es la opción que tiene el Seguro Social para que las personas que no están cotizando en el Seguro Social, pero están trabajador de manera independiente puedan tener las prestaciones del IMSS.

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Modalidad 40

La modalidad 40 solo es aplicable para quienes empezaron a cotizar antes del primero de julio de 1997. Para ello es indispensable no estar cotizando ante el IMSS, ya que es el trabajador quien realizará sus propias aportaciones al Seguro Social en lugar del patrón.

El tiempo que se tiene que pagar la modalidad 40 puede ir de uno a cinco años, según las necesidades de inversión del trabajador y la pensión que quiera alcanzar. Puede hacerse a partir de los 60 años hasta llegar a los 65 años cuando ya se puede obtener el 100%, por ejemplo.

"La modalidad 40 sirve para dos cosas: Si no se reúnen las 500 semanas de cotización, pero si tienes derecho a pensionarte con la Ley del 73 y aumentar el salario para incrementar el monto de la pensión".

Pero ¡ojo! para entrar a la modalidad 40, lo primero que se necesita es tener vigentes los derechos y éstos se pierden en un plazo igual a la cuarta parte de las semanas que ya se cotizó. Esto es, si un trabajador tiene 500 semanas cotizadas- de los 18 a los 28 años - pero a partir de los 29 años no ha cotizado hasta los 60 años, no puede entrar a la modalidad 40 porque no están vigentes los derechos y para recuperarlas, se tiene que volver a laborar y cotizar trabajando por lo menos un año.

¿En qué casos no te conviene la modalidad 40?

La modalidad 40 del IMSS puede no ser conveniente en los siguientes casos: 

  • Si solo se invierte un año topado y se tienen pocas semanas de cotización 
  • Si se tiene un promedio salarial mínimo en los siguientes cuatro años 
  • Si no se ejerce el derecho a la modalidad 40 en los cinco años posteriores a la baja laboral 
  • Si se inició a cotizar en el régimen de 1997 a partir del 1 de julio de 1997 
  • Para ser candidato a la modalidad 40, se debe cumplir con los siguientes requisitos: 
  • Pertenecer al régimen de la Ley 73, es decir, haber comenzado a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997 
  • Contar con un mínimo de 52 semanas cotizadas de trabajo, no necesariamente consecutivas 
  • Si se solicitó la baja del IMSS, no deben pasar más de cinco años antes de la inscripción a la modalidad 40 
     

 

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