En México, bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de los trabajadores, todos, quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo. Esta prestación debe ser entregada a los trabajadores cada año y generalmente es esperada con gran entusiasmo, ya que en muchos de los casos significa la oportunidad de adquirir algunos bienes y servicios o el pago de alguna deuda.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
El aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. El patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
Te podría interesar
Sin embargo, las personas que no reciben aguinaldo son quienes se encuentran bajo el régimen de Cuentas Individuales, y nos referimos a las personas que comenzaron a cotizar a partir del 1 de abril de 2007, o bien ya cotizaban desde antes, pero eligieron este régimen, estas personas desafortunadamente no reciben esta prestación.
El hecho de estar en cuentas individuales es que no reciben una pensión como tal, pese a que sí forma parte del programa del ISSSTE, sino que cobran los recursos que han ahorrado a lo largo de su vida laboral y por ello no tienen prestaciones.
Dentro de esta modalidad perciben ingresos por Renta Vitalicia, Retiro Programado o Pensión Garantizada mediante una aseguradora o Afore
Estos pensionados no recibirán aguinaldo
Las personas que reciben una pensión por renta vitalicia no reciben aguinaldo.
- La renta vitalicia es una pensión que dura hasta que se agota el saldo de la cuenta Afore del titular. En caso de que el titular fallezca, los beneficiarios reciben una pensión.
- El retiro programado es una opción que se puede elegir cuando se cree que se vivirá menos de lo esperado. En este caso, se puede dejar herencia a seres queridos.
También puedes leer: SAT da ultimátum a contribuyentes: Tienen hasta el 31 de diciembre
Diferencias entre renta vitalicia y retiro programado: