La evasión de impuestos conlleva a las personas físicas o morales a recurrir en mayor medida al uso de efectivo en sus transacciones económicas, por esa razón al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no le gusta el uso de efectivo. La realización de transacciones utilizando medios de pago distintos al efectivo limita las posibilidades del contribuyente de evadir el cumplimento de sus obligaciones fiscales, debido a que las autoridades tributarias tienen más herramientas para rastrear sus operaciones.
Para que quede más claro: Al SAT no le gusta el uso de efectivo porque "no lo puede controlar ni rastrear".
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El SAT considera como depósitos en efectivo todos aquellos realizados en moneda nacional o extranjera en alguna cuenta del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Por el otro lado, no son depósitos en efectivo los hechos a favor de contribuyentes mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con alguna institución del sistema financiero.
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El monto máximo de dinero en efectivo que puedes depositar o recibir en tu cuenta es de 15,000 pesos. De modo que, cuando los montos que recibas o depósitos superen ese límite se deberán reportar ante el SAT y los encargados de hacerlo son los bancos. Anteriormente este reporte se realizaba cada año, pero ahora es cada mes.
Depósitos en efectivo que no vigila el SAT
- La obligación de pago de la pensión de alimentos no está sujeta a un gravamen de Impuesto Sobre la Renta (ISR) aparte del que ya se le retuvo por su salario a la persona. Esto es, al salario bruto de una persona que labora en el sector formal se le retiene un impuesto (el ISR), y una vez realizadas todas las deducciones de ley, del sueldo neto que recibe se le descuenta un porcentaje del salario que estableció el juez para la pensión alimenticia.
- Cuando se trata de donaciones, de acuerdo a la Ley del Impuesto sobre la Renta si efectuamos una, se cobra un impuesto del 20% sobre el valor del ingreso obtenido, sin embargo, existen las donaciones exentas de impuestos
- Los depósitos en efectivo que no superen los 15,000 pesos
Pagos que NO debes realizar en efectivo
Si eres persona física, conoce qué cosas son deducibles de impuestos en tu declaración, siempre y cuando NO los pagues en efectivo.
- Servicios médicos, dentales, nutrición y psicología.
- Gastos por hospitalización y medicinas en hospitales.
- Estudios clínicos o análisis.
- Prótesis.
- Aparatos para rehabilitación.
- Lentes ópticos graduados.
- Seguros de gastos médicos.
- Colegiaturas desde preescolar hasta preparatoria.
- Gastos funerarios de cónyuge o concubino, padres, abuelos, hijos o nietos.
- Donativos a instituciones oficiales y autorizadas.
- Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.