IMSS

Este es el reembolso que debes exigir al IMSS

El estado, en este caso, el Instituto Mexicano del Seguro Social debe reembolsar el dinero de medicamentos a los paciente que los adquieran por cuenta propia

Escrito en DINERO el

Si eres derechohabiente del IMSS y no recibes tu tratamiento por parte del hospital y te ves en la necesidad de comprar el medicamento, entonces el IMSS deberá reembolsarte el gasto en el que incurriste, esto luego de que la Suprema Corte determinó que es obligación del Estado garantizar la entrega de medicamentos a todos aquellos pacientes que los utilicen de manera periódica.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, ante enfermedades que implican el suministro de medicamentos de forma periódica, existe un deber de diligencia por parte del Estado que deberá potencializarse con un carácter reforzado, pues de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.

Lo anterior surgió, luego de que, una persona promovió juicio de amparo indirecto contra la omisión de un Hospital Regional del Instituto Mexicano del Seguro Social de entregarle oportunamente el medicamento que se le prescribió para el control de la enfermedad que padece. Ante la urgencia por la falta de suministro del medicamento prescrito y para no poner en riesgo su salud, el paciente lo adquirió por cuenta propia.

Por ello, solicitó el reembolso de los gastos generados por la compra del medicamento, lo cual hizo del conocimiento de las autoridades responsables y del Juez de Distrito, quien sobreseyó en el juicio por estimar actualizada la causa de improcedencia prevista en la fracción XXI del artículo 61 de la Ley de Amparo, relativa a la cesación de efectos del acto reclamado. Contra esta determinación, el quejoso interpuso recurso de revisión.

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¿Qué dijo la Suprema Corte?

Los ministros de la Suprema Corte argumentaron que, la Constitución establece, entre otras cuestiones, que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Este tipo de deberes comprometen a las autoridades del Estado a ajustar el aparato institucional, legal, administrativo y financiero para evitar vulneraciones a los derechos de las personas.

Así, para salvaguardar el derecho humano a la salud previsto en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es de importancia garantizar el más alto nivel en las pretensiones relacionadas con el disfrute de ese derecho a partir de una serie de estándares jurídicos, así como de la realización progresiva de ese derecho, entre los que destaca el deber concreto y constante de avanzar hacia su plena realización.

"En consecuencia, la vulneración al derecho a la salud se actualiza desde el momento en que el medicamento no es suministrado al paciente de forma oportuna por el Estado –a través de las instituciones de salud–, ya que tenía conocimiento de que lo requería de manera continua y permanente; por tanto, incumplió con su deber reforzado de debida diligencia, pues las autoridades debieron planear y adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que no se diera una situación de desabasto".

Solicitud de Reembolso por Gastos Médicos Extrainstitucionales del ISSSTE

Te sirve para recuperar la totalidad o parcialidad de los gastos médicos extrainstitucionales, derivados de la imposibilidad, negativa, deficiencia médica o administrativa del servicio médico solicitado en las unidades médicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Documentos necesarios:

  • Identificación oficial vigente (Credencial para votar IFE, INE, Pasaporte Vigente o Cédula profesional) 
  • Formato de Solicitud de Reembolso por Gastos Médicos Extrainstitucionales del ISSSTE o escrito libre, señalando la unidad médica involucrada, fecha y hora en que ocurrieron los hechos
  • Documento que acredite la representación con que se actúa en términos del artículo 31 del Reglamento de Quejas Médicas y Solicitudes de Reembolso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
  • Documentación que sustenta la narración de los hechos, tales como: resumen médico del particular que haya atendido al paciente, estudios de laboratorio y gabinete (radiografías y ultrasonidos) y estudio Histopatológico entre otros
  • Facturas debidamente desglosadas con costos unitarios y/o recibos de honorarios electrónicos que acrediten la erogación de gastos médicos extrainstitucionales. (impresión del archivo electrónico)