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La Secretaría del Trabajo, el SAT, IMSS e Infonavit lanzan este anuncio a trabajadores

Los cambios en el outsourcing buscan prohibir la subcontratación de personal, pero siempre debes estar alerta para evitar cualquier violación a tus derechos

Escrito en DINERO el

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) trabajan de forma coordinada verificar que no haya violaciones a tus derechos laborales.

La Secretaría del Trabajo informó que ha realizado más de 3 mil acciones de inspección en la materia e impuesto multas por 27 millones de pesos.

A partir de la reforma a la Ley del Trabajo sobre Outsourcing, 2.9 millones de personas trabajadoras han migrado hacia su empleador verdadero; lo que conllevó que los patrones cumplieran activamente con las disposiciones de la reforma y llevaran a cabo la aplicación del ajuste a susplantillas en tiempo y forma, sin generar distorsión en el mercado laboral formal; es decir, sin que se ocasionara un incremento en el número de bajas ante el IMSS.

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Además, el salario base de cotización aumentó de 469 a 597 pesos; esto es, un incremento del 27.4%. En el caso de las mujeres el aumento fue del 29%.

En materia de fiscalización, a la fecha, se han realizado más de 3 mil acciones de inspección, en las que se han advertido distintas irregularidades.

Derivado de lo anterior:

  • se han cancelado 1,755 registros del Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas (REPSE)
  • se han iniciado procesos sancionatorios en contra de las empresas beneficiarias de los servicios y se han emitido, en su conjunto, multas por más de 27 millones de pesos.

Adicionalmente a las cancelaciones, el SAT, el IMSS, el Infonavit y la STPS han procedido bajo mecanismos de intercambio de información para continuar con la programación y vigilancia del incumplimiento en la materia, por lo que más de 33 mil constancias de registros se encuentran en investigación.

Lo que debes saber de la reforma a la ley de outsourcing en México

1- Prohibición de la subcontratación laboral en México

Entre las reformas del nuevo esquema de outsourcing figura la prohibición de la subcontratación de personal.

El artículo 12 de la Ley laboral establece que está prohibido poner trabajadores propios a disposición de otra empresa. En el mismo punto se aclara que las agencias de empleo o intermediarios pueden participar en tareas de reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, pero no se considerarán empleadores, ya que esa denominación le corresponde solo a la empresa beneficiaria del trabajo que realiza el talento. 

2- Servicios y obras especializadas 

La reforma a la ley incorporó una alternativa de la subcontratación y no la prohibe por completo: en el nuevo esquema de subcontratación es posible la prestación de servicios especializados.

De conformidad con el artículo 13 de la ley, las empresas que operen en el país pueden subcontratar servicios específicos o la ejecución de obras especializadas. Pero, para que esto pueda llevarse a la práctica, estos servicios u obras no deben formar parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la compañía.

3- Registro en la Secretaria de Trabajo  

Otro de los cambios que incorpora la nueva ley de outsourcing en México es la obligación de registrarse ante la Secretaría del Trabajo para quienes prestan servicios de subcontratación de servicios especializados. Es decir las empresas contratistas que ponen trabajadores a disposición de la empresa contratante para realizar servicios u obras especializadas. 

Para poder registrarse estas organizaciones deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social que correspondan. 

4- Formalizar la subcontratación mediante un contrato

La nueva ley de outsourcing en México también establece la celebración de un contrato como requisito obligatorio para implementar este esquema laboral.

El artículo 14 de la ley laboral mexicana indica que la subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas debe formalizarse mediante contrato escrito.