La mayoría de nosotros alguna vez ha realizado trasferencias entre dos o más cuentas bancarias propias, sin pensar que podríamos tener alguna consecuencia fiscal, pero ¿qué dice la autoridad fiscal acerca de estas operaciones? Recuerda que una transferencia es el envío de dinero entre dos cuentas, en este caso, cuentas que pertenecen al mismo titular, es decir, quien posee los derechos de la cuenta bancaria, pero si quieres saber si tendrás problemas con el SAT, esto te interesa.
Para evitar que el SAT confunda y considere el traspaso como incremento a tus ingresos, es importante saber que la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) aprobó el pasado 23 de abril del 2021 la tesis sobre la responsabilidad en la que el contribuyente debe explicarle al SAT que realizó traspasos entre sus cuentas bancarias y que no se trata de algún depósito que incremente sus ingresos.
De acuerdo al artículo 59 fracción III del Código Fiscal de la Federación en el cual se establece que para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, la autoridad fiscal presumirán, salvo prueba en contrario, que los depósitos que el contribuyente obtengan en sus estados de cuenta bancarios están obligados a llevar su registro y contabilidad, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones.
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Para comprobar que son traspasos entre cuentas propias y no es un ingreso acumulable, el contribuyente deberá acreditarlo mediante la siguiente documentación:
- Estados de cuentas bancarios
- Papel de trabajo
- Copia del recibo donde se especifique el monto
- Cuenta de donde proviene el depósito
- Forma de pago
- El número de cheque o reporte de transferencia
- Número y nombre de la cuenta bancaria donde se visualice la salida del depósito
- Origen del importe depositado
Esto con el efecto de demostrar que dichos depósitos o transferencias entre cuentas y registros contables provienen de un concepto distinto al determinado por la autoridad fiscal, adicionalmente se debe ofrecer la prueba pericial contable, con el fin de que se pueda verificar el registro de cada operación, la correspondencia de cantidades entre cuentas propias del contribuyente y demostrar que no incrementó su patrimonio.
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¿Problemas con el SAT?
El SAT podría considerar las transferencias entre dos cuentas propias como un ingreso acumulable, y en caso de no tener cómo comprobar que el movimiento fue hecho para alguna emergencia o por una razón particular, puede aplicar multas a los contribuyentes.
Sin embargo, hay una condición que te puede librar de problemas con el fisco.
De acuerdo con Pamela Castro, contadora especialista en impuestos y fundadora de Cooltura Fiscal destacó que las trasnferencias entre cuentas propias NO generan problemas con el SAT "siempre y cuando en un primer momento el ingreso recibido haya pagado los impuestos que corresponde".
Esto es, por ejemplo, el patrón cuando deposita tu nómina ya tuvo que pagar el ISR correspondiente, es decir, si se declaro el ingreso que recibes por su sueldo en un banco pero lo quieres mover a otro banco, no habrá problema porque todos los ingresos recibidos- en teoría- ya fueron declarados y los pagaron impuestos que les corresponde.
¡Ojo! Recuerda que si tienes ingresos exentos de impuestos como donaciones, herencias, pensiones alimentarias entre otros, debes contar con la documentación soporte que o acredite en caso de que el SAT o cualquier otra autoridad fiscal llegara a ejecutar un procedimiento de revisión o auditoría.