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SAT anuncia cambios que entrarán en vigor en noviembre de este año

De acuerdo con el SAT, el llenado del complemento Carta Porte para Autotransporte requiere el registro de 34 campos mínimos obligatorios, divididos en 6 secciones y "no más de 142 campos como se ha comentado en otras fuentes"

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una nueva versión de factura electrónica como complemento de la Carta Porte  para el traslado de bienes o mercancías dentro del territorio nacional. El SAT realizó actualizaciones para mejorar su uso y publicó la versión 3.0 en el portal de internet.

Dicha actualización entrará en vigor el 25 de noviembre de 2023, sin embargo, con el objetivo de que puedan familiarizarse y adaptarse a la nueva versión, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas hasta el 31 de diciembre de 2023 en la versión 2.0, en su última actualización, publicada el 24 de febrero de 2023 en el portal del SAT.

¡Que no se te pase! A partir del 1 de enero de 2024, la versión válida para sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas con complemento Carta Porte será la versión 3.0.

Para revisar los nuevos catálogos incluidos en esta nueva medida, ya seas persona física o persona moral, puedes consultar esta liga.

Este complemento es obligatorio desde enero de 2022 y, de acuerdo con datos del SAT, hasta el mes de septiembre de este año se han emitido 602 millones 767 mil 439 facturas con Carta Porte, a través de los Servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación (PAC).

De acuerdo con la autoridad fiscal, la información registrada en este documento está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formal, combatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.

Así como: estado, país y código postal.

Recuerda que, para objetivos fiscales, durante la circulación en México por cualquiera de sus vías federales, es necesario contar adicionalmente con una Factura a la que se agregará dicho Complemento de CFDI. Así, la Carta Porte es un documento con valor fiscal emitido en forma de Complemento de Factura. 

Tiene como objetivo proporcionar información detallada del comprobante fiscal elaborado para avalar un cierto tipo de operación, como la movilización de bienes y mercancías, ya sea mediante medios propios o contratando un servicio externo para ello.

Cuídate de las multas

De acuerdo al SAT, la consecuencia por no emitir un CFDI con el complemento Carta Porte correspondiente será una multa de 400 a 600 pesos mexicanos.

La cuál además será correspondiente por cada CFDI que no tenga su Carta Porte. Ahora bien, en el caso de no ser expedido el complemento y este no se pone a disposición de los clientes los CFDI con complemento Carta Porte, la sanción podría ser de 17,020.00 a 97,330.00 pesos mexicanos.