AFORE

¿Tienes 60 años o más y una cuenta de Afore? Atento a estos 4 requisitos para poder tener tu dinero

Poder disponer de manera parcial o total de los recursos acumulados en tu Afore es un derecho que te confiere la Ley del IMSS

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¿En algún momento has pensando cuál será tu situación económica en 30 años? ¿Cómo vas a pagar tu alimentación, casa y vestido? Tal vez por ahora no te preocupes por tu futuro, sin embargo, es importante que comiences a planear a largo plazo tu ahorro para que cuentes con un fondo suficiente que permita cubrir tus necesidades básicas cuando ya no tengas oportunidad de trabajar. O si entras en la categoría de adulto mayor y tienes 60 años o más y tienes ya una cuenta de Afore, esto te interesa.

Hasta 1997, el sistema de pensiones en México era administrado por el IMSS o el ISSSTE, según el tipo de empleador, privado o público respectivamente, que tuviera cada persona. Sin embargo, con el objetivo de incrementar el rendimiento de los ahorros invertidos por cada trabajador, se puso en marcha el Sistema de Capitalización Individual, en el que los trabajadores realizan aportaciones en entidades financieras privadas llamadas Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).

Según la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), “Las Afores son entidades financieras dedicadas de manera exclusiva y profesional a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores las cuales deben contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y están sujetas a la regulación de la Consar”.

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Aunque los bancos son dueños de muchas de ellas, las Afores no son bancos ni aseguradoras. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos que depositas en tu cuenta individual.

En las Afores, cada uno de los trabajadores tiene una cuenta individual que es personal y única. En dicha cuenta, a lo largo de la vida laboral de cada trabajador se acumulan los recursos (cuotas y aportaciones) que realiza periódicamente el patrón, el gobierno y el propio trabajador. Dichas aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos. Cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas: 

  1. Retiro, Vejez y Cesantía
  2. Aportaciones voluntarias
  3. Vivienda
  4. Aportaciones adicionales o complementarias

El aviso de la Consar

¡Atención! Identifica los requisitos para acceder a una pensión y disfruta tu retiro ideal:

  • Tener al menos 60 años
  • Cumplir 800 semanas cotizadas ante el IMSS
  • Tener una Afore/ Contar con una resolución de pensión o negativa de pensión emitida por el IMSS
  • Tener un Expediente de Identificación?

Retiros Totales

El retiro total de los recursos es posible cuando ya cumpliste 60 o 65 años de edad y cuentas con las semanas mínimas de cotización. Los retiros totales dependen de condiciones, requisitos y pasos a seguir definidos por las Leyes del 73 y del 97, por ello es importante acercarse con las administradoras ya que ellos te indicarán cómo retirar el dinero de tu Afore.

- Pensión por régimen 73. Entre más joven te pensiones, menor será el porcentaje de pensión. Para determinar la pensión, se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y el nivel salarial.

- Pensión por régimen 97. Tener de 60 a 64 años (pensión por cesantía) o tener 65 años (pensión por vejez) Este 2023 se requiere contar con un mínimo de 800 semanas de cotización. Tu pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta individual y se actualizará anualmente.