TRABAJO EN MÉXICO

Estos trabajadores verán cambios en su quincena de mayo 2024

Algunos trabajadores verán diferente el monto que les llegará en culquiera de las quincenas de mayo, dependiendo su caso y empresa

Hay dos fechas claves para los trabajadores que laboran para empresas o para personas físicas.
Hay dos fechas claves para los trabajadores que laboran para empresas o para personas físicas. Créditos: LSR/Pixabay
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Sin duda alguna uno de los gastos más fuertes ya pasó y se trata del festejo del Día de las Madres, mismo que se llevó a cabo el 10 de mayo, día en el que muchos le dieron un detalle, obsequio, comida especial o regalo a las madres de México y por eso ya se quedaron cortos de dinero y esperan con ansias la llegada de la quincena, sin embargo, hay buenas noticias para algunos pues recibirán más dinero de lo normal. 

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Y es que, a lo mejor a muchos trabajadores ya les llegaron sus utilidades, pero hay a otros que no y deben tener en cuenta que la fecha límite para recibir lo que les corresponde por el reparto de utilidades es el 30 de mayo del 2024, eso sí, esa fecha límite es para las empresas que tienen la obligación de darle utilidades a sus trabajadores. 

Mientras que, las personas que trabajan ante personas físicas tienen hasta como fecha límite de entrega de utilidades hasta el 29 de junio, así que habrá trabajadores que reciban más dinero la primera quincena de mayo, la segunda quincena de mayo o en cualquiera de las dos quincenas de junio, dependiendo tu caso. 

Recuerda que el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, así lo indica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo mejor conocida como Profedet

Estos son los trabajadores que recibirán más dinero antes de junio 

Como ya lo dijimos hay dos fechas límites para recibir tus utilidades, si es que tienes derecho a recibirlas, pues hay empresas que no están en la obligación de realizar un reparto de utilidades por ciertas circunstancias, por lo que las utilidades no aplican para:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores.
  • Administradores.
  • Gerentes generales.
  • Profesionistas.
  • Artesanos.
  • Técnicos.
  • Trabajadores mediante el pago de honorarios.

Asimismo, se exenta de dicho reparto a:

  • Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
  • Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro.

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Por el contrario, las utilidades que sí son aplicables son para los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos o más y para empresas que tengan más de un año en funcionamiento. 

Así que si eres de los que trabajan para una empresa y sí recibirás utilidades, no olvides que la fecha límite para recibir ese dinero es el 30 de mayo del 2024, de no ser así, a partir de ese momento tienes un plazo de un año para reclamar ante la Profedet, asimismo, el monto que debes recibir es del 10% de las utilidades netas de la empresa, esto, de acuerdo con el porcetaje que determinó la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

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