ELECCIONES 2024

TEPJF ordena a Congreso e INE regular paridad de género en elección presidencial... del 2030

Tras la aprobación de la reforma constitucional en materia de igualdad y paridad de género de 2019, el Congreso de la Unión debió legislar sobre la paridad de género en la elección de la Presidencia de la República

Los magistrados señalan que la paridad de género debe respetarse también para la Presidencia de la República
Los magistrados señalan que la paridad de género debe respetarse también para la Presidencia de la RepúblicaCréditos: Cuartoscuro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, legislar en materia de paridad de género en la elección de la Presidencia de la República de 2030. De no hacerlo, será el Instituto Nacional Electoral (INE) quien, a través de sus atribuciones reglamentarias, aplique el principio, tal como lo hizo en el acuerdo donde ordenó a los partidos políticos postular al menos cinco mujeres para las nueve elecciones locales de 2024.

Técnicamente, tanto los legisladores como el Instituto debieron haber aplicado la paridad en la elección presidencial de 2024, pues la reforma constitucional en materia de igualdad y paridad de género de 2019 les ordenó hacerlo a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Sin embargo, el tema llegó a la Sala Superior porque la ciudadana Bertina Liborio Montes impugnó el asunto ante el Tribunal, argumentando que hubo omisión por parte del Congreso y el INE en aplicar la paridad en el actual proceso electoral.

El magistrado Felipe Fuentes, cuya ponencia fue asignada a este caso, elaboró un proyecto de sentencia (SUP-JDC-574/2023) que buscaba declarar inexistente la omisión por parte de ambos responsables. Lo anterior, al argumentar, no hay mandato constitucional al respecto y que el actual marco regulatorio sólo obligaba a los legisladores a regular la paridad en el Gabinete Presidencia. Pero su propuesta fue rechazada por parte de las otras cuatro magistraturas, las cuales consideraron que sí hay mandato constitucional para aplicar la paridad en la elección de la Presidencia de la República, y que tanto los legisladores y el INE omitieron legislar y aplicar el principio.

“Nunca en la historia de nuestro país hemos tenido una mujer en la titularidad del Poder Ejecutivo de México. Y en ese sentido es la urgencia de aplicar las medidas afirmativas efectivas e inmediatas para remediar tal situación, lo cual no requiere mayor justificación. Los derechos deberían garantizare de manera inmediata, tomando medidas rápidas y efectivas para su acceso a las candidaturas a este alto cargo. Y, por eso, insisto es en este proceso electoral cuando se debe ordenar a los partidos políticos o coaliciones que garanticen el principio de paridad pues de lo contrario estaríamos retrasando seis años más el posible acceso de las mujeres a la Presidencia del a República”, dijo la magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso, previo a votar en contra del proyecto.

Tanto los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón como Felipe de la Mata Pizaña señalaron que el Congreso debe legislar al respecto primero y, de no hacerlo, el INE podrá implementar su autoridad regulatoria.

En su intervención la magistrada Janine Otálora argumenta que en la Constitución “sí hay mandatos específicos que ordenan aplicar el principio paritario por todos cargos de elección popular”.

La magistrada Otálara Malassis pone como ejemplo la reforma constitucional en materia de igualdad y paridad de género de 2019.

En tanto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña quien también desaprobó el proyecto señala que si el Congreso no legisla en materia de paridad de género para la Presidencia de la República, será el INE quien emita los lineamientos.

En su posicionamiento el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón mostro su rechazo al proyecto SUP-JDC-574/2023, al señalar que el Congreso de la Unión sí incurrido en la omisión denunciada y en segundo lugar, el Consejo General del INE sí tiene facultades reglamentarias, es decir, tiene atribuciones para implementar medidas que garanticen el principio de paridad total en todos los cargos públicos, incluyendo el de la Presidencia.

Mónica Soto, magistrada presidenta del Tribunal Electoral señala que nunca en la historia del país hemos tenido una mujer en la titularidad del Poder Ejecutivo y en ese sentido es la urgencia de aplicar medidas afirmativas e inmediatas para remediar la situación, los derechos de las mujeres deben garantizarse de forma inmediata para su acceso a las candidaturas este alto cargo.

“Los derechos a las mujeres deben garantizarse de forma inmediata, tomando medidas rápidas y de manera efectivas para su acceso a las candidaturas a este alto cargo", dijo Soto.