LEY FEDERAL DE TRABAJO

Ley del Trabajo se pone ruda y manda ADVERTENCIA: Por esta falta te despedirán y sin liquidación

Así como los trabajadores tienen derecho también tienen obligaciones, de lo contrario, lo pagarás perdiendo tu trabajo y un dinerito que te cae muy bien en situaciones de despido

La LFT busca garantizar los derechos laborales y establecer las obligaciones tanto de los empleados como de los patrones. 
La LFT busca garantizar los derechos laborales y establecer las obligaciones tanto de los empleados como de los patrones. Créditos: Especial
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Con el tema de la nueva jornada laboral que, pretende imponer a todos los trabajadores en activo un nuevo horario de trabajo de un total de 40 horas a la semana, por dos días de descanso, los derechos y obligaciones de éstos han salido a relucir. 
Como ejemplo de ello, es la NOM 037, que regula el teletrabajo, es decir, protege los derechos de las personas que trabajan más del 40 por ciento del tiempo de forma remota. 

Pero, así como los trabajadores tienen derechos también obligaciones y de eso se encarga en México, la Ley Federal del Trabajo (LFT), quien construye el marco legal que regula las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores. 

Ten presente que, la LFT busca garantizar los derechos laborales y establecer las obligaciones tanto de los empleados como de los patrones

Así como establece derechos y obligaciones, la LFT también protege a las empresas de los "despidos legales" para cuando sea necesario y en caso de que tener un trabajador irresponsable poder despedirlo y sin liquidación

¿Con qué falta te pueden correr y sin liquidación?

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, numeral 10, existe un número de faltas que si las sobrepasas en un periodo de tiempo, te pueden despedir, sin que esto implique una responsabilidad para el patrón, es decir, sin liquidación. 

Dicho artículo indica que, si el trabajador acumula más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, puede ser despedidio y sin liquidación

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Toma en cuenta que, en el caso de que las faltas sean justificadas como rescisión de la relación de trabajo, el patrón sólo te pagará como un finiquito, lo que incluye conceptos como los dias trabajados hasta el momento de la baja, los proporcionales de prestaciones de ese periodo y la prima de antigüedad. 

¿Qué es la liquidación?

La liquidación laboral es una compensación que el patrón debe otorgar al trabajador en situaciones en las que la relación laboral termina por causa ajenas a este último. 

La liquidación se produce en circunstancias como el cierre de la empresa, la reducción de personal o la desaparición del puesto de trabajo. Además, si el despido es injustificado, es decir, cuando no se cumplen las causas legales para poner fin a la relación laboral.  

En esos casos, el trabajador tiene derecho a:

  • Tres meses de salario: Esto es como compensación por la finalización inesperada del empleo. 
  • Prima de antigüedad: Se calcula multiplicando 12 días por cada año trabajado, con el objetivo de reconocer la lealtad y el tiempo dedicado al empleador. 
  • Salarios vencidos: Sólo en caso de despido injustificado, el trabajador puede recibir el pago correspondiente a los salarios que no se le han entregado desde la fecha del despido, con un límite de 12 meses a partir de la notificación del mismo. 
  • Veinte días de salario por año trabajado: En situaciones donde el trabajador es despedido injustificadamente, puede solicitar la reinstalación ante la Junta de Concilación y Arbitraje. Pero, si la empresa se niega a reinstalarlo, se le debe otorgar una compensación adicional equivalente a veinte días de salario por cada año trabajado.