HOY NO CIRCULA

Contingencia ambiental: ¿Qué vehículos SÍ pueden circular este jueves 23 de mayo?

Se recomienda a la ciudadanía mantenerse informada sobre la calidad del aire y evitar actividades cívicas, culturales, recreativas y ejercicio al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas

Créditos: Cuartoscuro
Escrito en METRÓPOLI el

La Comisión Ambiental de la Megalópolis ha informado que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM). Esta medida busca proteger la salud de la población y prevenir la exposición a altos niveles de ozono.

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Se recomienda a la ciudadanía mantenerse informada sobre la calidad del aire y evitar actividades cívicas, culturales, recreativas y ejercicio al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas.

El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México señala que un sistema de alta presión en el centro del país está generando estabilidad atmosférica, cielo despejado a medio nublado y temperaturas máximas por encima de los 30°C. Estas condiciones, junto con vientos débiles y intensa radiación solar, están provocando el estancamiento de contaminantes y la formación de ozono, resultando en una calidad del aire que varía de Mala a Muy Mala en la región.

¿Cuáles son los vehículos sí circulan pese a la contingencia ambiental?

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

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