CONTAMINACIÓN

Se suspende la contingencia y la CDMX se salva del doble Hoy No Circula en sábado

Con la activación de la contingencia ambiental del pasado 22 de mayo se igualó el récord de 10 alertas emitidas por las autoridades ante la mala calidad del aire que se tenía de 2016

Habrá Doble No Circula el jueves 23 de mayo
Habrá Doble No Circula el jueves 23 de mayoCréditos: Cuartoscuro
Escrito en METRÓPOLI el

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó este 24 de mayo que las medidas restrictivas para la Ciudad de México y el Estado de México se mantendrán por la persistencia de la mala calidad del aire. Así lo informó la dependencia capitalina al corte de las 10:00 horas. Sin embargo, la CAMe suspendió  el doble hoy no circula para este sábado. Así, se acaban prácticamente tres días de la décima contingencia.

La CAMe activó el pasado 22 de mayo la contingencia ambiental atmosférica número 10 por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM). A las 14:00 horas, se registraron concentraciones máximas de ozono de 158, 157 y 155 ppb en las estaciones de monitoreo de Benito Juárez (BJU), Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA) y Pedregal (PED), ubicadas en las alcaldías de Benito Juárez, Coyoacán y Álvaro Obregón, respectivamente. Este jueves 23 de mayo, la CAMe mantuvo la alerta por contingencia ambiental.

Las 10 contingencias que van en el 2024 empatan el récord acumulado de todo 2016 cuando se registró igual número de alertas de la CAMe por mala calidad del aire.

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Esta situación se debió a la influencia de un sistema de alta presión en la región central del país, que ha generado condiciones de estabilidad atmosférica, cielo despejado a medio nublado, intensa radiación solar y temperaturas superiores a los 30 °C, las cuales se prevé que continúen durante la semana. Estos factores han propiciado la formación de ozono, mientras que el viento débil en el Valle de México ha contribuido a su acumulación.

Los modelos meteorológicos indican que las condiciones desfavorables para la dispersión de contaminantes persistirán durante el resto de la tarde, por lo que las autoridades han instado a la población a tomar precauciones y seguir las recomendaciones para reducir la exposición al ozono.

Con la activación de la contingencia ambiental se iguala el récord de 10 alertas emitidas por las autoridades ante la mala calidad del aire, que se tenía en 2016. En adición, se trata de la quinta contingencia en lo que va del mes de mayo.

 

Las 10 contingencias ambientales en el Valle de México

  1. El 1 enero, la CAMe implementó la Fase 1 por concentraciones de partículas PM2.5 producidas por pirotecnia y fogatas en festejos de Año Nuevo
  2. El 22 volvió a implementar la Fase 1 que duró hasta el 25 febrero. Una concentración máxima de ozono de 167 ppb en la estación de monitoreo Ajusco Medio, provocó la segunda contingencia que duró tres días.
  3. El 6 marzo, la CAMe registró una concentración máxima de ozono de 163 ppb, en la estación de monitoreo Atizapán, Edomex.
  4. El 23 de se implementó la cuarta contingencia del año.
  5. El 30 abril, Día del Niño, la CAMe detectó concentraciones máximas de ozono de 158 ppb, en la estación de monitoreo de Tlalnepantla.
  6. El 3 mayo se registraron concentraciones máximas de ozono de 170, 164 y 160 ppb en las estaciones de monitoreo de Tlalnepantla, Atizapán y Cuautitlán.
  7. El 9 mayo, previo al Día de las Madres, la CAMe registró concentraciones máximas de ozono de 158 ppb en la estación de monitoreo GAM.
  8. El 13 de mayo, por la radiación solar y por la débil presencia de viento, se activó la Fase 1 de la Contingencia Ambiental por Ozono en el Valle de México.
  9. El sábado 18 de mayo por la tarde se activó la novena contingencia, que permaneció hasta el domingo por la tarde, después de la Marea Rosa
  10.  Este 22 de mayo se activó la contingencia número 10 en lo que va del año. Duró tres días.

 

 

Lo que deberán hacer las fábricas

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
  • Restricciones en Servicios 
  • Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente)
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender actividades en el 20% de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 2.
  • Suspender actividades en el 20% de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 2.
  • Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP  y petrolíferos
  • Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20%, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores, con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 2.
  • Reducir en un 50% la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales

 

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