RESTAURANTES

Habrá multas de hasta 12,000 pesos para restaurantes que incumplan nuevo reglamento en CDMX

Las modificaciones al Reglamento de la Ley de Establecimientos obligan a los restaurantes y terrazas a exhibir sus precios en la entrada

Escrito en METRÓPOLI el

Luego de los escandalosos abusos en restaurantes que cobran incluso por sentarse en la terraza con vista al Zócalo, además de tacos de más de 400 pesos sin informarlo, Claudia Sheinbaum, jefa de gobierno de la Ciudad de México, anunció los lineamientos obligatorios que deberán seguir los restaurantes, fondas y demás establecimientos de comida.

A partir del 28 de febrero entraron en vigor las nuevas mediad que se publicaron en la Gaceta de la Ciudad, esto la aprobración del nuevo reglamento elaborado en colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera (Canirac).

Estas reglas se colocarán en la entrada de los establecimientos de comida para que la persona consumidora esté informada sobre qué puede esperar del lugar y evitar sorpresas en la cuenta.

Estas serán las nuevas reglas para restaurantes en CDMX 

José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia Digital de Innovación Pública, recordó que se denunciaron casos de abuso en algunas terrazas, sobre todo en el Centro Histórico, como falta de información sobre los precios, cobros adicionales por productos o servicios y acciones de discriminación, entre otras, lo que llevó a la creación del reglamento. 

Explicó que con este nuevo reglamento se establecen 10 medidas que deben cumplir los restaurantes

  1. Exhibir a la entrada la carta o menú con medidas mínimas de 35 centímetros de ancho por 50 centímetros de largo, la descripción de precios de cada uno de los productos que ofrecen.
  2. La carta o menú que se ofrezca al interior del restaurante deberá corresponder con la exhibida en la entrada.
  3. Exhibir en un lugar visible del establecimiento las formas de pago que pueden utilizar los clientes.
  4. Exhibir en un lugar visible los números de contacto de las autoridades, ante quienes los clientes pueden presentar quejas o denuncias por prácticas abusivas o discriminatorias.
  5. Informar el precio de cada alimento, bebida o servicio que ofrezcan al cliente como recomendación de consumo.
  6. Informar sobre productos que generen costo adicional y sobre las promociones que ofrezcan.
  7. Entregar a los clientes previo al pago, el comprobante o ticket de consumo.
  8. Realizar la aclaración, y en su caso, la rectificación de los montos cobrados, cuando sea solicitado por el cliente.
  9. Tratar en igualdad de condiciones a todas las personas que consuman sus servicios. 
  10. Permitir la estadía de los clientes para consumir su pedido sin exigir un cobro mínimo.

Multas a restaurantes que incuplan reglamento

Los clientes podrán presentar quejas o denuncias en casos de incumplimiento del Reglamento del Artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles durante las 24 horas del día, los 365 días del año,  por medio de la línea LOCATEL *0311, del Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC) o de cualquier herramienta tecnológica habilitada para tal efecto por autoridad competente. 

En caso de que durante las visitas de supervisión se constate el incumplimiento a las obligaciones previstas en el Reglamento, el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) podrá imponer, en orden de aparición, las siguientes sanciones:

  • Se podrá apercibir hasta por dos ocasiones al titular o responsable del establecimiento
  • Imponer una multa de 6 mil 483.75 pesos o el equivalente de hasta 125 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) vigente, en caso de que el establecimiento mercantil no subsane el incumplimiento. 
  • Tratándose de giros de bajo impacto que no vendan bebidas alcohólicas, la sanción económica podrá ser de mil 620.93 o el equivalente de hasta 25 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización vigente.