MULTAS

¿Quién sí y quién no puede multarte en una carretera federal? Aquí te lo explicamos

En México hay solo una dependencia que puede multarte en una carretera federal; recuerda llevar licencia de conducir vigente y tarjeta de circulación del vehículo

Créditos: Especial - Cuartoscuro
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Recuerda que viajar en carretera es una responsabilidad mayor, no es lo mismo que conducir en una avenida cerca de tu casa, dentro de las cosas que debes de poner mucha atención son a los letreros, en ellos se especifican límites de velocidad o direcciones.  

Es importante que pongas atención a los límites de velocidad. Tener un auto deportivo o de gran fuerza en el motor no te exime de poder conducir a los límites establecidos, por ello esto te puede generar una multa.

Sin embargo, es común ver en videos de redes sociales sobre algunos oficiales que quieren infraccionarte, esto para tratar de sacarte dinero o aplicar la famosa “mordida”, por ello te damos toda la información pertinente para que esto no te pase.

Recuerda que antes de salir a carretera debes verificar tus papeles, los cuales consisten en licencia de conducir vigente y la tarjeta de circulación de tu auto; no está por demás llevar tu identificación oficial e incluso los papeles sobre la verificación vehicular en caso que tu auto verifique en tu ciudad.

¿Quién no puede multarte?

Las carreteras federales están bajo el cuidado del Gobierno Federal, aunque haya un poblado al costado, esta vía no es parte del gobierno local o estatal, sigue siendo zona federal.

Por lo tanto, quien no te puede multar es un oficial de tránsito local, pero ojo, eso no significa que no te puedes parar, ya que ellos pueden pedir apoyo a la dependencia correspondiente para verificar la falta que hiciste.

Tampoco te puede multar los miembros del Ejercito Mexicano o Marina, sin embargo, si te pueden revisar en caso de tener sospecha de algo, por eso siempre debes dirigirte con respeto y atender las indicaciones, tanto una policía de seguridad como las fuerzas armadas pueden pedirte una inspección ocular.

¿Quién sí puede multarte?

La única dependencia que sí puede multarte, es la Guardia Nacional, ya que de conformidad al artículo 9 fracción XXXII de la Ley de la Guardia Nacional, ellos tendrán las atribuciones y obligaciones siguientes:

“XXXII. Determinar las infracciones e imponer las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación (…)”.

¿Cómo pago mi multa?

Es común que sea el propio Guardia Nacional quien entregue la boleta sobre la multa, ya que esta debió ser entregada personalmente, detrás de ella vendrá una línea de captura donde podrás pagarla en la siguiente liga.

En caso de no haberte dado esta boleta, la infracción puede llegar a tu domicilio, si esta no llega acude a una estación de registro de infracciones la Guardia Nacional lo más cercana a tu casa, incluso puedes pagarla ahí.

Y la tercera forma es marcando al 088 allí te proporcionaran tu línea de captura.

Recuerda que en esta liga puedes pagar tu multa; es importante saber que será la Guardia Nacional quien te avise que tienes una multa, estas no son como la de gobiernos locales por medio de fotomultas, en caso de que sospeches de una multa también puedes ingresar a la página de tu entidad federativa a checar alguna sanción ingresando tu placa, pero esa no será de ámbito federal, ya es estatal.