La Ley Federal del Trabajo establece que en México los trabajadores por nómina tienen el derecho a recibir el pago de utilidades obtenidas por las empresas en las que laboran.
Sin embargo, en los últimos años han surgido nuevos puestos de trabajo que no estaban incluidos en la ley que rige a los empleados, por ejemplo, los repartidores de comida por aplicación.
En el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) existe un registro de 700, 000 repartidores de comida por aplicación en el territorio nacional, de acuerdo con datos de 2024.
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Debido a la incorporación de estos nuevos trabajadores es que también se tuvo que adecuar la ley, en primera para que los trabajadores de taxi o reparto de comida por aplicación pudieran ser incorporados a esquemas con beneficios sociales, como son:
- Seguro Social
- Aguinaldo
- Pago de utilidades
Sobre el PTU, es importante señalar que los trabajadores pueden recibirlas hasta el 29 de mayo, por lo que aún hay tiempo para que su patrón se las otorgue.
PTU para repartidores de Didi y Uber por primera vez
"El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores", señala el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.
Y por primera vez, en 2026 los repartidores y taxistas por aplicación recibirán su Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
Dichos trabajadores se encuentran ahora bajo una relación laboral con derechos plenos, mismos que fueron establecidos en la nueva Reforma Laboral, promulgada en mayo de 2025.
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