TRÁMITES SAT

SAT: Estos son los trámites que tendrás que hacer antes de que acabe agosto del 2024

Es importante que todas las personas contribuyentes estén al corriente con sus declaraciones fiscales para no tener problemas financieros

El Servicio de Administración Tributaria lanzó este importante mensaje para las y los contribuyentes
Este es el calendario programado de la SAT.El Servicio de Administración Tributaria lanzó este importante mensaje para las y los contribuyentesCréditos: LSR / PIXABAY
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El Sistema de Administración Tributaria (SAT) en México es una institución clave en la administración fiscal del país, y esta se puede definir como una entidad gubernamental que forma parte del Servicio de Administración Tributaria, y su función principal es la recaudación de impuestos, la fiscalización y el control de los contribuyentes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Vale la pena destacar que esta dependencia está bajo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y tiene entre sus funciones principales, como ya se mencionó la recaudación de impuestos, así como también de la fiscalización, servicio al contribuyente y registro y control de los sistemas relacionados con la facturación electrónica y declaraciones fiscales.

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Para que estés siempre totalmente al día con tus obligaciones fiscales con el Servicio de Administración Tributaria a continuación te compartimos el calendario  que dio a conocer el mismo SAT para que estés pendientes a los próximos eventos del SAT y no termines el mes con algún adeudo con el fisco.

Estos son los trámites que podrás hacer en el mes de agosto

Si quieres saber cuales son los trámites que debes hacer antes de que termine este mes de agosto debes de poner atención a la siguiente información, ya que estos tramites son importantes que los tomes en cuenta para realizarlos antes de que el fisco piense que no quieres ponerte al día con Hacienda.

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Foto: SAT

Antes del 16 de agosto de 2024 y si tus trámites son por internet podrás hacer los siguientes:

  • La declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios.
  • Declarar mensualmente el ISR propio.
  • Declarar mensualmente el IVA.
  • Declaración mensual del sector primario de personas morales

Antes del 30 de agosto de 2024 y si tus trámites son por internet podrás hacer los siguientes:

  • Informar sobre las operaciones con terceros para efectos del impuesto al valor agregado.
  • informar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado (IVA) en las operaciones con terceros del mes de julio.
  • Informar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado (IVA) en las operaciones con terceros del mes de julio.
    Preséntala a más tardar el último día de agosto.

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Foto: Pixabay

AJA