FINANZAS PERSONALES

SAT no dará prórroga y plazo de contribuyentes vence este 31 de julio

Recuerda que por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos puedes hacerte acreedor a una multa económica

Este 31 de julio vence el plazo para presentar la declaración anual ante el SAT
Este 31 de julio vence el plazo para presentar la declaración anual ante el SATCréditos: istockphoto/ LSR
Escrito en DINERO el

¿Sabías que todavía puedes recuperar tu saldo a favor 2023 si mandas tu declaración anual a más tardar este 31 de julio? Al enviarla tu declaración entraría dentro de lo que se conoce como el sistema automático de devoluciones del SAT, que en pocas palabras se refiere a que basta con que mandes tu declaración para que el SAT te devuelva tu saldo a favor, siempre y cuando esté bien determinado, de acuerdo con Pamela Castro, contadora especialista en impuestos.

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La también fundadora de Cooltura Fiscal explicó que, después del 31 de julio todavía puedes recuperar tu saldo a favor, pero si lo haces después de esta fecha tendrías que hacerla de forma manual, a través del formato electrónico de devoluciones donde deberás contar con tu e.frma vigente, juntar toda la documentación relativa a tus ingresos y deducciones del año para que el SAT pueda corroborar a detalle el origen de tu saldo a favor.

Recuerda que el 30 de abril fue la fecha límite para presentar tu declaración anual de impuestos. Es decir que una persona física debió presentar antes de esta fecha el trámite necesario ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para hacer su contribución fiscal. Pero hay varios plazos en los que el SAT da la oportunidad para cumplir con tus obligaciones fiscales y uno de ellos vence este 31 de julio.

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La última forma fácil de solicitar tu saldo a favor

Después de esta fecha- 31 de julio- aún podrías recuperar tu saldo a favor, de hecho, cuentas con 5 años a partir de que se genera un saldo a favor para que puedas solicitarlo en devolución, pero con la diferencia de que la devolución ya no sería automática, sino que tendría que presentarse el trámite de Devolución Manual a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED) en donde deberás adjuntar toda la información de tus ingresos, deducciones y constancias de retenciones del año para que el SAT pueda revisar tu información y, en su caso, autorice tu devolución.

Este miércoles 31 de julio vence el plazo para solicitar tu devolución de saldo a favor de forma automática

Que no se te pase:

De acuerdo con el SAT, para recibir tu devolución automática tienes a más tardar el 31 de julio requieres:

Contraseña:

Si el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos.
Si el monto es mayor a 10,000 pesos y hasta 150,000 pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

e.firma: Si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

Además, necesitas:

Confirmar tu cuenta CLABE precargada en el sistema, verificar que esté a tu nombre y siga activa.
Señalar la opción Devolución al presentar tu Declaración Anual 2023.
No haber presentado una solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

NO aplica tu devolución automática

  • Si tu saldo a favor es superior a 150,000 pesos.
  • Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT, salvo que te encuentres únicamente en sueldos y salarios.
  • Si tu solicitud de devolución no corresponde al ejercicio 2023.
  • Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
     

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