BENEFICIARIOS AFORE

¿Tienes Afore? Estos son los momentos que debes de anotar en tu libreta de pendientes

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Contar con un Afore es sinónimo de tener un poco de dinero ahorrado para el momento de retiro de la vida laboral de las personas trabajadoras, pues a partir del 1 de julio de 1997cambió el sistema jubilaciones y pensiones, es decir el sistema de retiro, por lo cual cada vez hay menos personas pensionadas y entre las formas que tienen los mexicanos queda contar con un Afore o un plan privado de retiro a través de alguna aseguradora que ofrezca este producto financiero.

En este sentido, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) cuando se designan beneficiarios, estos podrán tener acceso a su dinero como una forma de protección. Los beneficiarios podrán hacer retiro de la cuenta individual que no se usen para el pago de su pensión.

En otras palabras, si se da el caso de fallecimiento del derechohabiente, las personas que fueron designadas podrán hacer disposición del dinero.

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No obstante, es necesario que el titular deba señalar en vida quienes pueden ser elegidos previo a que se mencione en qué momento puede hacer las designaciones con relación a sus beneficiarios.

¿Cuándo se pueden designar beneficiarios?

Para que los derechohabientes puedan hacer la designación de sus beneficiarios hay diferentes momentos para hacer. De entrada, puedes hacerlo al momento en que hagas el registro por primera vez de una Afore, el interesado debe acudir a la administradora elegida por su empleador o bien en el portal de Afore Web y realizar una presolicitud.

Asimismo, los derechohabientes pueden realizar este movimiento de designación de beneficiarios cuando se cambie de administradora, cuando haga uso de la aplicación Afore Móvil en el apartado “Mi Perfil”, o bien, cuando el titular haga la actualización de su expediente de identificación.

Asimismo, según la Ley del Seguro Social, las personas que pueden seleccionar para hacer la reclamación del dinero que ahorró en su vida laboral son:

  • Cónyuge (es el beneficiario principal)
  • Concubina o concubinario
  • Hijos menores de 16 años y hasta 25 años cuando se encuentren estudiando
  • Hijos mayores con alguna discapacidad
  • Padres que dependan del derechohabiente

¿Se puede designar como beneficiarios a personas que no son familiares?

Si te has preguntado si es posible designar beneficiarios con quienes no tienes lazos familiares, el trabajador podrá elegir a la persona que se desee cuando no haya algún familiar en especial o con parentesco. Por lo contrario será la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje quien seleccione a las personas que podrían tener este beneficio.

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BV