OPINIÓN

Normas y Principios

La comedia jurídica

Créditos: La Silla Rota Veracruz
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Escrito en VERACRUZ el

Me parece prudente comenzar a distinguir mi posición y pensamiento respecto al Derecho. Qué mejor que hacerlo planteando la diferencia entre normas y principios.

Para empezar, hay que decir que esta distinción no es mía, mi referente es el insigne jurista alemán Robert Alexy, quien a su vez es alumno de otro de los grandes maestros de nuestro tiempo, Jürgen Habermas

Robert Alexy comienza aclarando la doble naturaleza del Derecho. Para él, el fenómeno jurídico cuenta con un doble discurso: uno de carácter normativo y otro de carácter ético o factual (relativo a los hechos; vinculados a la sociedad), el cual permite corregir a las normas.

Alexy propone una clara distinción en el mundo jurídico (contra una de las tesis fundamentales del positivismo), Robert nos dice: la moral y el Derecho sí están relacionadas; y existe algo más que normas en el plano de lo jurídico: hay principios. 

Pero, ¿qué son los principios para Alexy? Mandatos de optimización, nos dice. Aquellos que tienen que cumplirse en la mayor medida posible de acuerdo a las condiciones de hecho y de derecho particulares de cada caso.

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A diferencia de las normas (reglas) que pueden aplicarse o no aplicarse; los principios cuentan con una dimensión de peso. Esto quiere decir que se encuentran sujetos a una herramienta conocida como ponderación (o balanceo). Pudiendo resultar que un principio sea más pesado que otro en un caso concreto. Así como hasta poder llegar a desplazar la propia aplicación normativa, en aras del cumplimiento de un principio.

Ojo, no estamos diciendo que las normas ya no sean importantes; de hecho, la fórmula del balanceo (o test de proporcionalidad) resulta en una suerte de norma. Una que está visualizada para ser aplicada a un caso en particular. 

Las reglas provienen de un determinado proceso, que cuenta con varias subreglas que regulan dicho proceso y sus etapas. El proceso legislativo es precisamente el claro ejemplo de ello.

En cambio, la aplicación del test de proporcionalidad es un ejercicio interpretativo y argumentativo (en el plano de la decisión) desde el cual los jueces —en sentido amplio— formulan una norma aplicable al caso concreto que están conociendo, después de hacer uso del test.

Por tanto, la justificación de la aplicación (o inaplicación) de una norma/regla en el cumplimiento de un principio no tiene por qué, necesariamente, producir el mismo resultado en otro caso distinto. Con características similares.

Visto así, la idea que sostiene la existencia de casos fáciles y difíciles en el Derecho se ve superada, pues cada caso en difícil en sí mismo. No hay dos idénticos, solo pueden ser idénticos a sí mismos. En consecuencia, no existe la posibilidad de igualarlos desde su formulación o planteamiento hasta su resolución o decisión. 

En la siguiente semana detallaré qué es el test de proporcionalidad y cómo se aplica. 

Hasta la próxima. No olvides escribirme tus comentarios y opiniones a través de mis redes sociales. 

Dejo por aquí un ensayo que escribí en donde cuento de manera anecdótica un caso de elección de principios frente a reglas, el cual se me ocurrió un día que fui a comprar una pizza a Costco: https://charliecarcamof.blogspot.com/2024/11/la-fila-de-costco.html

cacf

@quenosoyabogado