OPINIÓN

Test de proporcionalidad. Parte 1: introducción

La comedia jurídica

Créditos: La Silla Rota Veracruz
Escrito en VERACRUZ el

Advierto que el tratamiento de este tema me llevará varias publicaciones. Lo amerita.

Esta semana doy continuidad al tópico que coloqué sobre la página la semana pasada: los principios en el Derecho.

Retomando a Robert Alexy, los principios son mandatos de optimización; que tienen una dimensión de peso; y que deben cumplirse en la mayor medida posible de acuerdo a las condiciones fácticas y jurídicas de cada caso en cuestión.

Resalto las siguientes palabras: “optimizar” y “deber” ¿Qué significan? La primera de ellas tiene que ver con la expansión o flexibilidad jurídica, en atención a cada sistema jurídico (entendido como el conjunto de normas e instituciones de un Estado); la segunda, vincula el carácter correctivo del principio frente a la norma. O sea, que el principio posee un contenido moral/ético gestado en la dinámica social, a través del discurso de derechos humanos. El cual la norma, no necesariamente, considera en su formulación (proceso legislativo).

Vamos al caso, por ejemplo, para la primera palabra: piense, lector, en su dispositivo móvil (como sistema), recuerde ese momento en que su batería se está agotando; aparece en pantalla una alerta y sugerencia de “ahorro de energía” / “optimización del equipo” ¿qué pasa después? Los programas y circuitos (normas e instituciones) comienzan a redistribuir sus funciones: el móvil deja de vibrar, el brillo de la pantalla se reduce, incluso algunos programas pasan a trabajar en segundo plano o simplemente dejan de trabajar, los deja de ocupar el dispositivo durante la optimización/ahorro ¿desaparecen los programas y circuitos? No. Sencillamente, su carga se distribuye de manera diferente durante ese momento; luego, con el equipo cargado, regresan a su función habitual.

Aclarado ello, seguimos con el tema central ¿qué es el test de proporcionalidad? Una metodología para la justificación ponderada del Derecho. Herramienta de análisis, interpretación y argumentación jurídica.

De nuevo, quiero detenerme a explicar algunos conceptos clave: ¿qué quiere decir que algo sea proporcional? Que algo mantenga proporción, ¿y qué es eso? Que las partes de una cosa se correspondan con el todo o entre cosas relacionadas entre sí. Por ejemplo: imaginemos que una persona de baja estatura posee un tamaño de pies bastante grande, qué sé yo, mide 1.50 m y sus pies 28 cm; o a la inversa, mide 1.80 m y posee unos pies de 22 cm. Ninguno de los casos es proporcional entre la estatura y el tamaño de sus pies. En cambio, si la persona de talla baja tuviese unos pies más pequeños, y el de talla alta, unos más grandes. Diríamos que hay proporción entre el tamaño de sus pies con respecto a su estatura.

Sigo, ¿qué es una metodología?

Voy directo al ejemplo, un rompecabezas. Para armarlo, hay quien afirma que debe comenzarse por las esquinas, después el contorno, hasta llegar al centro. Bueno, pues esa serie de pasos a seguir son el método de alguien que arma rompecabezas, ¿el único? No. Quizá el más conveniente.

Ahora, ¿qué es justificar? Un acto del lenguaje. O sea, algo que podemos hacer con nuestro lenguaje. A través del lenguaje se puede explicar, exponer, describir, provocar emociones, etc. justificar se caracteriza por ofrecer razones en favor o en contra de una determinada posición. Para que le resulte más claro, lector, lo invito a consultar un ensayo que escribí hace poco en mi blog personal, titulado “justificar no es lo mismo que buscar pretextos”.

Disponible en: https://charliecarcamof.blogspot.com/2024/08/justificar-no-es-lomismo-que-buscar.html

¿A qué se refiere la ponderación? Coloque en su imaginación la imagen de una balanza antigua. Recuerde cómo para comprar tres kilos de azúcar, por ejemplo, se requería colocar de un lado de la balanza el producto, y del otro el contrapeso. Una serie de discos o bloques que pesaban, uno, dos, tres kilos, etc. es decir que era necesario equilibrar el peso del producto. Un balanceo entre lo que se iba a comprar y el contrapeso, para determinar que efectivamente la compra (azúcar en el ejemplo), fuese proporcional al peso que se requería.

Ahora bien, ¿qué es analizar? Un análisis es un estudio detallado de algo; que implica separar por partes sus componentes para conocer su composición. A mí me gusta pensar en la palabra «desentrañar» que refiere, desde su etimología, a extraer las entrañas de un animal para vaticinar. Muy común en los oráculos antiguos, donde se leían las vísceras animales para pronosticar o profetizar el porvenir.

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¿Qué es interpretar? Pienso en la música. Una partitura es un texto muerto para quien, como yo, somos ignorantes de su lectura. Sin embargo, para aquel avezado en hacer música, puede perfectamente decodificar hasta musicalizar el contenido de dicha partitura. Incluso, una vez hecho eso, puede regalarnos una ejecución del texto en el plano de la realidad. Leer a Beethoven y luego ejecutar su obra, desde su instrumento (perspectiva). Sin que necesariamente ese músico o ejecutor sea el autor de la obra. Para el Derecho es lo mismo, un juez, un abogado, un político, y hasta una persona cualquiera, interpreta, según su perspectiva, el contenido de alguna norma. Pues somos seres interpretativos y todo el tiempo estamos interpretando lo que nos rodea y nos compone. Para el caso jurídico, hay distintas formas de interpretar las normas, correcto, pero ese tema lo abordemos en una publicación independiente.

Por último, ¿qué es la argumentación jurídica? Aquí vinculo la respuesta a la qué líneas arriba coloqué acerca de la justificación, están relacionados. Argumentar es precisamente una justificación de las decisiones. En el plano del Derecho, las decisiones de las autoridades.

Aunque yendo más allá, la argumentación jurídica es una visión del Derecho en la actualidad, una filosofía jurídica, una manera de entender y vivir el Derecho, desde componentes racionales, discursivo-narrativos, emocionales y éticos. Sin duda, voy a trabajar a profundidad este enfoque en publicaciones próximas, pues, además de ser la actual y mayoritariamente aceptada visión del fenómeno jurídico; hasta el momento es mi posición favorita para hablar del Derecho.

Me parece que esta redacción ha llegado a su fin, por lo menos como presentación, introducción del tema. La próxima semana entraremos de lleno a cada uno de los componentes del test de proporcionalidad: idoneidad, necesidad, estricta proporcionalidad y adecuación; así como una crítica al propio test. Pues suele presentarse como la panacea del Derecho contemporáneo. No lo es, ni existe. Es una herramienta necesaria, pero no suficiente.

Gracias por leerme. Espero tus comentarios y opiniones. Escríbeme a mis redes sociales. Hasta la próxima.

cacf

@quenosoyabogado

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