VERACRUZ, VER.- Un hombre caminó en varias calles de la colonia Amapolas de la ciudad de Veracruz con la cabeza de un perro colgada en el torso. El hecho ocurrió alrededor del mediodía de este martes 15 de octubre, ante la mirada de asombro de vecinos, comerciantes y personas que caminaban por la zona.
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El hecho fue grabado por cámaras de seguridad de domicilios particulares y por algunos residentes que utilizaron su teléfono celular, para mostrar las pruebas de lo que ocurría. En un momento, según lo narrado por vecinos, el hombre intentó entrar a una casa, pero al no lograrlo colocó la cabeza del perro en la banqueta y se sentó un rato.
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Comerciantes del lugar lo abordaron para confrontarlo y les explicó que planeaba alimentarse con el animal. Después de comportarse agresivo abandonó los restos del perro en la calle y abandonó el lugar. Según vecinos, el sujeto ha sido visto en los últimos días en la colonia Amapolas, pero desconocen si es residente del lugar.
Luego de esto, solicitaron apoyo al 911 para denunciar los hechos. Elementos de la Policía Municipal de Veracruz se presentaron en la zona y patrullaron por varias calles para tratar de encontrarlo; sin embargo, no fue localizado. Hasta ahora, se deconoce si el hombre mató al animal y después lo destazó o si lo encontró en ese estado. En redes sociales se han difundido fotografías y videos del sujeto, para tratar de identificarlo.
¿Cómo castiga la Ley los actos de crueldad animal?
Desde el 2014, en el Codigo Penal del Estado de Veracruz los actos de crueldad y maltrato animal se encuentran tipificados como delito y son sancionados con penas administrativas y hasta con cárcel, dependiendo de la gravedad de la sitación que se ejerza en contra de los animales.
"Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal provocándole la muerte, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario mínimo, así como el aseguramiento de todos los animales que en ese momento tenga bajo su cuidado o resguardo, en términos de las previsiones de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave", dice el artículo 264 Quáter.
El Código Penal se detalla que los actos de extrema crueldad en contra de los animales serán aquellos en los que se les ocasiones daños, que provoquen mutilación y dolor inecesarios y evitables.
"Se entenderá por métodos de extrema crueldad, todos aquellos que ocasionen daños, que provoquen dolor o mutilación innecesarios y evitables, o que conduzcan a una muerte no inmediata. Al sujeto activo de los delitos considerados en este Capítulo, se le aplicarán medidas reeducativas, integrales, especializadas y gratuitas, con la finalidad de prevenir, atender, sancionar y erradicar el maltrato animal, en el lugar y por el tiempo que la autoridad jurisdiccional indique", detalla.
vtr