XALAPA, VER.- Mauro Armando “N”, de oficio balconista, fue imputado por el feminicidio de Yaraseth Zepeta García, asesinada en su domicilio el pasado 22 de abril en la colonia Veracruz del municipio de Xalapa. Un juez de control legalizó la detención del detenido y fijó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por lo que dure el proceso penal en su contra, el número 192/2023.
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Mauro Amando “N” fue detenido el pasado martes 25 de abril, informó la Fiscalía General del Estado (FGE). De acuerdo con el comunicado, el joven fue aprehendido por policías ministeriales durante actos de investigación y trabajo de campo en la colonia Veracruz, relacionados con el feminicidio de la enfermera del Centro Estatal de Cancerología (CECAN). Familiares de la víctima, originaria de Papantla, confirmaron que el presunto feminicida era su vecino.
El pasado 25 de abril, Mauro Armando “N” fue detenido por un delito no grave que le permitiría enfrentar su proceso en libertad. Sin embargo, antes de que eso ocurriera, la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia Contra la Familia, Mujeres, Niñas y Niños y Trata de Personas obtuvo de un juez una orden de aprehensión por el delito de feminicidio. El presunto feminicida fue presentado por un juez de la congregación de Pacho Viejo, en el municipio de Coatepec, quien determinó que enfrentará el juicio en su contra desde prisión.
El pasado 26 de abril, la familia de Yaraseth Zepeta emitió un comunicado dirigido a la fiscal general de Veracruz, Verónica Hernández Giadáns. Los deudos manifestaron que aceptarían la justicia “siempre y cuando sea justificada con pruebas intachables que no hagan dudar de la veracidad de sus futuras declaraciones”.
La familia Zepeta García expuso que la ciudadanía como amigos y allegados les han aportado pruebas sobre el feminicidio de Yaraseth que confrontarán con las investigaciones oficiales. Además, Omar Cerecedo, primo de la víctima, solicitó agotar todas las líneas de investigación, a fin de no omitir a ningún presunto responsable. “Dios bendiga a los mencionados así como a sus familias y a nuestra gente de VERACRUZ gracias por todo el APOYO. Prima de titulo, Hermana de Sangre, ¡mi amor hasta donde estes!”, se lee en el post.
Yaraseth Zepeta García, de 37 años de edad, fue hallada sin vida la tarde del sábado 22 de abril al interior de su domicilio, en la calle Maderas de la colonia Veracruz. Vecinos de la profesionista habrían escuchado gritos de auxilio la madrugada de ese día y luego vieron salir el carro de la víctima, un KIA río color azul modelo 2023, que fue hallado horas después en la calle La Loma, a unas cuantas cuadras de la casa de Yaraseth, pero también de Mauro Armando “N”.
¿Cuánto podría pasar en la cárcel Mauro “N” si es declarado culpable?
De acuerdo con el Código Penal vigente en Veracruz, comete el delito de feminicidio toda persona que por razones de género priva de la vida a una mujer. Existen razones de género cuando se presenta alguna de las siguientes circunstancias:
- Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad;
- Exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad; II. Bis. El activo se haya valido de su relación como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros, turismo o cualquier otra modalidad;
- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
- La la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, o éste sea mutilado;
- Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;
- La víctima haya sido incomunicada.
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de cuarenta a setenta años de prisión. Además de la sanción descrita en el presente artículo, el imputado perderá todos los derechos con relación a la víctima. Para el supuesto de la fracción I perderá también los derechos de familia y los de carácter sucesorio.
mb