JUEZA DETENIDA

Estos son los delitos por lo que detuvieron por segunda vez a jueza Angélica

La jueza había sido detenido el pasado 5 de junio en Xalapa. Por esos delitos fue reaprehendida este viernes 15 de junio

Estos son los delitos por lo que detuvieron por segunda vez a jueza Angélica.Créditos: FGE Veracruz
Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- La jueza de control del distrito de Huatusco, Angélica Sánchez Hernández, fue detenida por segunda ocasión. Esta ocasión fue por parte de elementos de la Guardia Nacional en la Ciudad de México, durante la mañana de este viernes 16 de junio del 2023.

La juzgadora, que iba rumbo a una reunión con la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, fue interceptada en las instalaciones del hotel donde se hospedada. Fueron los elementos de la Guardia Nacional los que le notificaron los nuevos delitos que le imputa la Fiscalía de Veracruz, a cargo de Verónica Hernández Giadáns.

A la juez se le imputan los delitos de tráfico de influencia y contra la fe pública, que según el código penal de Veracruz, se sancionan con 4 y hasta 9 años de cárcel, lo que se puede incrementar si a la persona que se le señala es funcionario público.

Tráfico de influencias

El delito de tráfico de influencias, detalla el artículo 327 del código penal, se sanciona con 4 años de prisión y multa hasta de 150 días de salario al servidor público que, aprovechando el empleo, cargo o comisión que desempeñe, promueva o gestione la emisión o ejecución de un acto o resolución oficial en beneficio propio o de un tercero.

La jueza Angélica ha sido señalada de manera reiterada por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez de mantener comunicación, a través de un tercero, con los abogados de Itiel N, alias el Compa Playa, presunto generador de violencia en el Estado y que fue liberado por la juzgadora, en atención a un amparo federal.

Contra la fe pública

El otro delito que le imputan es contra la fe pública, de acuerdo al artículo 280 del código penal, en ese caso se impondrán de 3 a 9 años de prisión y multa hasta de 500 días de salario a quien: produzca, imprima, enajene o distribuya tarjetas, títulos o documentos falsos utilizados para el pago de bienes y servicios o para disposición en efectivo, o los adquiera, utilice, posea o detente a sabiendas de esa circunstancia.

También, "a quien adquiera, utilice, posea o detente tarjetas, títulos o documentos auténticos para el pago de bienes y servicios, sin consentimiento de quien esté facultado para ello; o produzca, imprima, enajene, distribuya, altere o falsifique vales de papel o dispositivos electrónicos en forma de tarjeta plástica emitidos por personas morales utilizados para canjear bienes y servicios."

En el caso del artículo 281, afirma que se impondrán de 1 a 5 años de prisión y multa hasta de 50 días de salario: "a quien mediante engaño o aprovechándose del estado de la víctima, la hiciere firmar un documento público o privado que no habría firmado de conocer su contenido o de hallarse en pleno uso de sus facultades mentales."

A los fedatarios públicos que, en ejercicio de sus funciones, expidan una certificación de hechos que no sean ciertos o den fe de lo que no les conste; o a quien para eximirse de una obligación impuesta por la ley utilice un certificado médico de enfermedad o impedimento que no padece.

El código acota qué cuando alguno de los delitos previstos en este capítulo sea cometido por un servidor público, la pena de que se trate se aumentará hasta en una mitad, se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitará por otro tiempo igual al de la privativa de libertad.

En entrevistas con medios nacionales, la jueza alertó que mientras estuvo detenida en el Cuartel de San José del 7 al 9 de junio del 2023, personas ajenas entraron a su domicilio de donde se llevaron su caja fuerte con documentos.