El 16 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que crea un estímulo fiscal para la producción cinematográfica y audiovisual. A primera vista, el anuncio suena redondo: hasta el 30% del costo total del proyecto como crédito fiscal acreditable contra el ISR, con un tope de 40 millones de pesos por proyecto.
En términos de competitividad, el mensaje es claro: México quiere jugar en la liga de países que atraen rodajes internacionales con incentivos concretos. La figura no es rara; se parece a mecanismos que ya operan en mercados competidores. También se presenta como una política industrial moderna, alineada con el discurso de la economía creativa y el desarrollo cultural.
Pero el cine no es sólo una industria. El cine es relato. Es identidad. Es la forma en que un país se imagina y se representa. Por eso, cuando el incentivo se monta sobre una arquitectura administrativa donde Hacienda preside y además tiene voto de calidad en el Comité Técnico que decide qué proyectos se autorizan, el asunto deja de ser meramente financiero.
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No estamos frente a un subsidio directo. El diseño es más fino: un crédito fiscal transferible contra ISR. Técnicamente, es sofisticado: evita el ruido de un gasto presupuestal inmediato y se cuelga de las reglas del sistema tributario existente. Pero hay una idea que conviene repetir sin rodeos: los estímulos fiscales nunca son neutrales. Un incentivo siempre trae consigo una selección: define quién entra, quién se queda fuera, en qué condiciones y con qué vigilancia después de la asignación.
El decreto crea un Comité Técnico con participación de las Secretarías de Hacienda y Cultura e IMCINE. En el papel suena equilibrado. En la práctica, el dato decisivo es otro: Hacienda preside y su voto puede definir el resultado. No es un detalle burocrático; es una señal política. Significa que el acceso a un instrumento cultural queda subordinado a la rectoría fiscal del Estado.
No se evalúan contenidos de manera explícita, pero sí se evalúan proyectos, criterios de elegibilidad, justificaciones, y lineamientos específicos que el propio Comité deberá emitir. Y aquí está la clave: quien diseña los lineamientos, define los límites.
La política cultural, entonces, se desplaza: deja de ser un apoyo a la diversidad de la creación y empieza a operar como política industrial amarrada desde el origen a exigencias económicas y tributarias elevadas.
A esto se suma el paquete de requisitos fiscales. Los beneficiarios deben estar “limpios” en términos estrictos: no ubicarse en supuestos negativos vinculados con el artículo 69-B del CFF, no tener créditos fiscales firmes exigibles en ciertos supuestos, no enfrentar restricciones del sello digital, ni estar relacionados con procedimientos penales fiscales o bajo vigilancia por operaciones simuladas.
Desde la lógica tributaria, suena impecable: “si te voy a dar un beneficio, primero demuéstrame que eres cumplido”. Pero desde una mirada estratégica del sector creativo, el efecto es otro: se mantiene intacto el ecosistema de control fiscal y se inserta al cine en un terreno que le es ajeno por naturaleza. Dicho sin eufemismos: el cine entra al espacio del compliance (Complimiento Corporativo)
En un contexto de centralización presupuestal y concentración de poder político, los incentivos fiscales no sólo estimulan sectores: jerarquizan prioridades. Deciden, en la práctica, qué tipo de proyectos “merecen” el acceso al beneficio.
Además, aunque el crédito sea transferible, no es una carta blanca. Establece límites operativos, condiciones por transacción, controles documentales y obligaciones de comprobación. El mensaje de fondo es simple: el Estado no está “regalando” nada; está abriendo una puerta con cerradura, y pidiendo evidencia constante de que quien entra cumple.
En política pública, el poder no se ejerce sólo prohibiendo. También se ejerce incentivando, pero bajo reglas. Quien controla el incentivo, controla el ritmo: el calendario, la elegibilidad, la presión administrativa, el margen de error permitido.
El decreto se justifica en la rectoría del desarrollo nacional prevista por la Constitución y en la lógica del Plan Nacional de Desarrollo. Bajo esa visión, un Estado rector en sectores estratégicos es coherente. El punto aquí no es negar esa coherencia: es observar su consecuencia.
Si parte de la industria audiovisual depende del beneplácito de un comité donde la autoridad fiscal preside y decide, la relación creación–Estado cambia de dimensión.
En el mundo contemporáneo, la elegibilidad es una forma de poder, porque no necesitas prohibir para orientar: basta con definir los filtros, los umbrales, los requisitos, los costos de entrada.
El estímulo puede atraer inversión, generar empleo y mover cadenas productivas. Pero también instala un modelo donde la política cultural se integra —cada vez más— a la lógica del control fiscal.
En política pública contemporánea, el poder rara vez se impone sólo con la prohibición. Muchas veces se impone con algo más discreto: la elegibilidad. Y cuando la elegibilidad depende del Estado, la escena —casi nunca— es neutra.
