Hace muchos años, durante mi paso por un consulado fronterizo, me tocó conocer casos de personas que eran detenidas mientras conducían sus vehículos, ya fuera por autoridades policiales o por agentes migratorios. Dichos incidentes eran una contradicción a precedentes legales como el de United States v. Brignoni-Ponce, en el que la Suprema Corte estadounidense había establecido que parecer mexicano y estar en un lugar donde cruzan indocumentados no era suficiente para justificar una detención de un vehículo. Han pasado muchos años.
Como pudimos ver últimamente, la autoridad migratoria de los Estados Unidos realizó una serie de operativos en Los Ángeles, California que resultaron en el arresto de miles de personas. Estos operativos itinerantes (roving raids) tomaban lugar en lugares donde tradicionalmente se junta población migrante (paradas de autobús, granjas, lavado de carros, lugares de contratación de trabajadores temporales, etc), a donde llegaban agentes migratorios armados, interrogaban a los presentes y detenían a varias personas.
La ciudad de Los Ángeles demandó ante un Juez Federal que dichos operativos fueran suspendidos ya que las detenciones violaban los derechos civiles de sus residentes, indocumentados o no, toda vez que estas detenciones se realizaban con base en un perfil racial, y por lo tanto, discriminatorio.
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En lo que se lleva a cabo el análisis del caso, el Juez ordenó preventivamente la suspensión de los operativos. El gobierno federal se inconformó por la suspensión y el tema llegó a la Suprema Corte. El 8 de septiembre pasado, apenas al inicio de esta semana, la Corte se pronunció en favor del gobierno federal en este caso, mismo que se conoce como Noem V. Vasquez-Perdomo.
En una votación de 6-3, explicada por el perfil ideológico de sus integrantes, la Corte concluyó que el perfil racial o étnico no deber ser el único elemento para una detención migratoria pero sí puede ser tomado en cuenta como un “factor relevante” al momento de considerar una detención. Este posicionamiento de la mayoría avala el argumento del gobierno en el sentido de que el perfil racial, el idioma, el acento de una persona al hablar inglés, el tipo de trabajo que realiza y el lugar en el que se encuentra, sí pueden ser suficientes elementos para justificar un arresto, sin que ello se interprete como una violación a los derechos fundamentales de las personas. Los jueces con opinión disidente dejaron plasmado su descontento haciendo hincapié, entre otras cosas, que usar un perfil racial es una violación a la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que estos operativos afectan incluso a ciudadanos estadounidenses, y que esos criterios, en adición a la conducta de los agentes que llegan fuertemente armados, provocan detenciones ilegales.
Por supuesto, esta discusión y decisión se limita al tema de la suspensión temporal de los operativos, pero, todavía están pendientes las audiencias sobre el fondo del tema, y que entonces se emita una decisión definitiva.
Si bien la Suprema Corte ha avalado estas detenciones a personas con un perfil latino, tampoco implica que puedan ocurrir de manera aleatoria en cualquier lugar, no por ahora.
A pesar de muchas reacciones en medios y redes, la autoridad migratoria no puede usar el perfil racial de manera aislada en cualquier momento, sino como elemento complementario al lugar en donde se determine realizar un operativo. Migración podrá realizar operaciones en sitios en donde se anticipe va a encontrar un porcentaje elevado de población indocumentada. Esta decisión aplica para todo el país.
Siguiendo ese criterio, no es lo mismo un partido de futbol americano que un Home Depot o un evento preferido por la población migrante. Se justificaría un operativo en el segundo escenario mas no en el primero. Al menos en teoría, primero es el lugar y luego el perfil racial y no el perfil racial sin importar el lugar. Entonces, el punto clave son los lugares a donde llegan las personas.
Habrá que estar pendiente del desarrollo del caso y los operativos migratorios para tener claro cuáles serán los criterios definitivos. Es imprescindible no generar ni miedos ni riesgos innecesarios.
