Hay muchas aristas en la discusión pública, una de ellas es la reforma al poder judicial. Es esencial incentivar la democratización en la selección de personas juzgadoras y partiendo de la base de que todas las ideas son en sí mismas valiosas y sujetas a análisis, discusión y reflexión, proponemos al menos diez claves para concebir una completa reforma judicial.
La primera de estas claves tiene que ver con una visión integral de la reforma. Es importante focalizar los esfuerzos en un diagnóstico completo, que ponga sobre la mesa la realidad, situación actual, fortalezas, deficiencias, áreas de oportunidad y de mejora inmediata, así como de atención urgente de muchas instituciones y actores inmersos en nuestro sistema judicial.
Una reforma judicial integral debe partir de una mirada objetiva que incluya el federal y estatal; de hecho, la mayor parte de la resolución de conflictos en nuestro país provienen, precisamente, de la justicia estatal y, en un porcentaje menor, de la justicia federal.
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El segundo aspecto tiene que ver con una mirada omnicomprensiva del sistema judicial. La reforma no solo debe incluir a personas juzgadoras de todos los ámbitos, sino, también, debe contener una seria y profunda revisión de la situación actual de fiscalías, policías, peritos, defensorías públicas, comisiones de derechos humanos, centros de atención a víctimas, centros de identificación, búsqueda de personas desaparecidas, asistencia y atención a migrantes, refugiados, indígenas, grupos vulnerables o históricamente discriminados, creación de divisiones científicas, de investigación criminalística, de inteligencia y de profesionalización, entre otros.
El tercer aspecto tiene que ver con la colegiación obligatoria de la abogacía, la cual podría contribuir a la permanente capacitación, actualización, profesionalización, especialización y, consecuentemente, a la prestación de un servicio con estándares de calidad que contribuyan a la garantía a una defensa adecuada de todas las personas.
El cuarto elemento atañe al fortalecimiento y fomento de los medios alternativos de solución de controversias (MASC). Estos mecanismos contribuirían a abatir el rezago de los asuntos que se judicializan y que, por la vía de la mediación pueden, inclusive, aportar a una nueva cultura en el que el acuerdo, la negociación, la concertación y no el conflicto, sean los mecanismos más eficaces para lograr el orden y la pacificación social.
Un quinto aspecto implica pluralismo en la integración institucional. Personas juzgadoras, fiscales, mediadores, defensores, peritos y policías deben integrarse, entre diversos principios, bajo las premisas de paridad de género, igualdad de oportunidades, apertura, tolerancia, pluralismo, profesionalización e inclusión. Una reforma de esta naturaleza, acompañada del reforzamiento de sistemas de carrera, no sólo abonaría a su especialización sino, también, a su democratización.
Una sexta clave es la forma y el procedimiento para su implementación. El ajuste de todo sistema requiere de una asimilación gradual que posibilite una transición para su adecuada y efectiva implementación. Como ejemplo de esto tenemos al sistema procesal penal acusatorio, el cual, a pesar de que tuvo un periodo de al menos ocho años para su inserción, hoy en día se siguen presentando múltiples circunstancias que dan cuenta de la complejidad en su implantación.
El séptimo punto es que el fortalecimiento, consolidación y eficiencia del sistema judicial. De poco serviría un cambio que no se refleje en la mejora de las condiciones de justicia de quienes tocan sus puertas. El combate a la corrupción, a la impunidad y la consolidación del Estado de Derecho, deben ser algunas de las premisas que guíen una reforma judicial integral.
México está muy por debajo de la media internacional de 65 jueces por cada 100 mil habitantes (actualmente existen en nuestro país 3 por cada 100 mil) es necesario que la reforma considere esta deuda histórica, la cual es una deuda social porque una deficiencia o desatención de estas dimensiones, impacta directamente en la garantía de una justicia pronta porque incentiva el rezago y genera condiciones adversas de trabajo del funcionariado judicial, quienes actualmente resienten sus efectos en jornadas laborales y condiciones adversas y desfavorables. Sin duda, una reforma judicial integral debe considerar la creación de más juzgados y tribunales a efecto de aproximarse, al menos, a la media internacional (33 juzgadores por cada 100 mil habitantes).
La situación de ministerios públicos, policías y peritos, también es desalentadora. Hasta 2021, México contaba con 3 mil 796 agencias del Ministerio Público, de las cuales, 190 pertenecían al fuero federal y 3 mil 606 al fuero común. De 2016 a 2021, los Ministerios Públicos Federales disminuyeron en un 9.6%.
Respecto a policías, la ONU señala un estándar mínimo de 2.8 policías por cada 100 mil habitantes. El estándar en México es de apenas 1.8 policías por cada 100 mil habitantes. Lo mismo sucede con peritos en donde solo existen un promedio de 2.37 peritos por cada 100 mil habitantes.
Las condiciones laborales de todos ellos, así como los insumos para ejercer cabalmente su labor son, en muchas ocasiones, deplorables. Sin las herramientas e insumos necesarios a dichas instituciones para ejercer eficientemente su trabajo, no estaríamos en presencia de una reforma sino de meras aspiraciones o buenas intenciones.
El octavo aspecto a considerar es la disciplina judicial. No solamente debe revisarse el tipo de órgano y las facultades con las que contará quien deba revisar el correcto actuar de las personas juzgadoras, sino, también focalizar modificaciones a los procedimientos, las faltas y responsabilidades administrativas, así como a los mecanismos de impugnación puesto que, actualmente, muchas de ellas resultan impracticables o irrealizables.
El noveno elemento tiene que ver con la construcción de una verdadera política criminal y la revisión del sistema de reinserción social. Considero necesaria una profunda revisión de la política criminal en México puesto que, en gran medida, de su análisis, ajuste, revisión, posible reformulación e implementación, dependen el rumbo y los resultados para la construcción de una verdadera prevención del delito, de una sólida cultura de la legalidad, de la convivencia armónica y de la pacificación social.
Este aspecto, sin duda, pasa también por la revisión de las condiciones actuales de los centros de reinserción social, de justicia para adolescentes, de atención a migrantes, a refugiados a víctimas. Sin una seria revisión de estos aspectos y la creación condiciones para el abatimiento de las circunstancias que incentivan el crimen, poco se contribuiría a romper el espiral de violencia en nuestro país.
Finalmente, la décima clave tiene que ver con que la reforma enaltezca la justicia social y reduzca la brecha de desigualdad. De poco serviría una reforma de vanguardia, si esta no mira por una mejora de los derechos de todas las personas. Estoy convencido que el mejor logro de cualquier reforma es aquel que tiene impacto en la realidad de las personas, en el combate al delito, a la impunidad, en la mejora continua de las condiciones de vida de las personas, la que procura la cercanía, sensibilidad y empatía del quehacer judicial a los desfavorecidos, una justicia que, como decía Morelos, ampara, defiende y protege contra el arbitrario.
Hasta nuestra próxima entrega.