En la sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) se aprobó la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2023-2024, que supone algunas adecuaciones que han llevado a algunas personas de dentro y fuera del organismo a afirmar que se ha vulnerado el proceso para la selección del personal temporal que se encargará de la selección y capacitación de quienes integren las casillas electorales: Supervisoras/es Electorales (SE) y Capacitadoras/es Asistentes Electorales (CAES).
Lo que se modificó
Pero esto no es así. Para la contratación de los SE y CAES se hacen dos compulsas. En la primera se revisa que la persona aspirante no haya sido representante de partido político ante las casillas en los últimos tres años; si la persona aspirante aparece en la base de datos de representantes y manifiesta desconocimiento, se procede a cotejar el nombre de la persona con las actas en el Programa Preliminar de Resultados Electorales y las imágenes de las actas de escrutinio y cómputo de los procesos electorales de los últimos tres años y si se verifica que fue representante no se le contrata.
La otra compulsa es para verificar que no haya sido militante en el último año. Lo que estaba en este procedimiento era que se revisaban los padrones de afiliación y si la persona aspirante aparecía se le notificaba. Si manifestaba que se había dado de baja o renunciado hace al menos un año, podía continuar con su contratación presentando la baja o la renuncia respectiva con el plazo expresó. Ahora bien, si la persona aparecía en algún padrón y desconocía esta afiliación, esa persona podía solicitar la baja, pero para poder continuar con la contratación debía iniciar antes una queja por indebida afiliación. Sin embargo, dado que las quejas se resuelven en promedio en año y medio, concluido el tiempo de contratación del CAE, pudiendo incluso quién se quejó desistirse de ello después del proceso electoral, se propuso y aprobó que si la persona desconoce su condición de afiliado podrá solicitar su baja por afiliación indebida y continuar con su contratación, sin condicionarlo a que presente una queja. Esto, en la práctica, deja el procedimiento en los mismos términos en que ha operado realmente hasta ahora.
Los Servidores de la Nación
Los críticos a este ajuste dicen además que con lo modificado se dará entrada no sólo a personas afiliadas a un partido, sino a servidores de la Nación. Al respecto, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizó la nulidad de una elección ante la supuesta participación de estas personas como CAES, representantes de casilla y observadores electorales y estableció que su presencia podría generar irregularidades en materia electoral, pues manejan programas sociales y tienen contacto directo con la ciudadanía, por lo que ordenó al INE emitir lineamientos para impedirlo, que en una primera versión fueron revocados por el TEPJF. A la fecha el INE no ha emitido nuevos lineamientos, por lo que no se ha hecho la revisión para excluir a servidores de la Nación de ser CAES y SE, quedando como un tema en agenda que factiblemente se atenderá en los próximos meses.
Así que durante el proceso electoral de 2020-21 y las elecciones locales recientes no se contó con este blindaje, lo que sin embargo no ha evitado que sus resultados hayan sido confiables. Y no se cuenta con el mismo aún y tal vez no se cuente para el proceso electoral 2023-24. La crítica entonces o bien refleja ignorancia o apunta hacia un intento por desgastar al actual CG, más que a una inexistente vulneración del proceso de selección de SE y CAES, que en todo caso no se da por el ajuste normativo reciente, sino que es un pendiente previo que debe sin duda ser atendido.