La carrera de medicina no nació como la conocemos el día de hoy; con un ciclo básico, un ciclo clínico, internado de pregrado y servicio social. Cada etapa de formación tiene su propia historia. Con relación al servicio social, el doctor Juan José Mazón Ramírez nos explica cómo inició: “El dos de diciembre de 1935, Gustavo Baz, presentó al rector L. Chico Goerne el proyecto para la realización del Servicio Social de los pasantes de la Escuela Nacional de Medicina; fue su respuesta a los demagogos que acusaban de elitista a la Universidad y clamaban un supuesto divorcio entre esta y el pueblo de México. En 1936 se implantó el Servicio Social obligatorio al celebrarse el primer convenio entre una dependencia del sector público, el entonces Departamento de Salubridad Pública y la UNAM.” (1)
En esta breve narración encontramos uno de los documentos que definen al servicio social y es fuente de muchos problemas: el convenio de colaboración entre una institución de salud y una institución de educación. En dicho convenio se deberían de establecer las cargas, obligaciones y responsabilidades de cada una de las instituciones; pero, en muchas ocasiones estos no están actualizados o no los conoce el personal operativo y, por lo tanto, no se cumplen. El convenio de colaboración es esencial. En un buen convenio podemos encontrar la respuesta a muchos problemas.
Con relación al fundamento legal del servicio social, en el artículo quinto constitucional, en su párrafo segundo, se establece que la ley de cada entidad federativa determinará cuáles profesiones necesitan de título para su ejercicio y las condiciones para obtenerlo. En todos los estados de la república, la medicina es una de esas profesiones que requieren título. Por lo que la obligatoriedad del título para el ejercicio de la profesión hace del servicio social algo ineludible en el campo de la medicina. Tanto el artículo 137 de la Ley General de Educación, como el artículo 52 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° constitucional establecen la obligatoriedad del servicio social. Dicha obligatoriedad también se reconoce en el artículo 84 de la Ley General de Salud, por lo que el servicio social –bueno o malo– es ineludible para ejercer la profesión.
Para comprender el estatus jurídico del pasante de servicio social es necesario remitirnos al artículo 53 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° constitucional en donde se define al servicio social como el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecutan y prestan los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado.
Por lo tanto, el pasante de servicio social se encuentra en un limbo: entre el médico interno de pregrado que es solamente un alumno universitario, el médico general que es un profesionista con cédula profesional y el médico residente que es trabajador y alumno al mismo tiempo. El pasante de servicio social se encuentra desarrollando un trabajo de carácter temporal, pero sin que se le reconozca como trabajador de la institución de salud.
Esta ambigüedad en su estatus social se presta a muchos abusos. Ya que si bien deberían ser retribuidos por su trabajo, en muchas ocasiones esta retribución es insuficiente y ni siquiera tienen dinero para ir y regresar a su clínica.
La realidad es que después de casi noventa años de servicio social en medicina se han presentado muchos cambios en su práctica diaria y la legislación no ha avanzado al mismo ritmo. Ahora tenemos un gran número de pasantes realizando investigación, labores administrativas y de docencias. Yo pienso que esto no está mal, recordemos que no todos los médicos van a ser clínicos y todas estas otras actividades también pueden retribuir a la sociedad y son práctica común en otras disciplinas. Es importante contar con opciones para aquellas personas que no vayan a optar por el trabajo del médico general de primer contacto o de médico especialista. El problema es que estas diversas realidades y opciones no se ven reflejadas en nuestra legislación. Por ejemplo, mientras que en la CDMX sólo el 4.3% del personal médico en contacto directo con el paciente son pasantes, en Oaxaca la cifra es de 31.6%. En Nuevo León el porcentaje es de 8% y en Michoacán de 25% (la media nacional es de 13.3%). A nivel nacional está cambiando la manera en que se articula el servicio social. Cada entidad tiene sus características y necesidades propias, pero en todas encontramos modalidades de servicio social que no se encuentran reflejadas en la normatividad. Sin lugar a dudas la realidad de la formación médica ha cambiado en los últimos 90 años, pero esos cambios no se han visto reflejados en la normatividad.
Con relación a los problemas que se presentan en el servicio social en un documento publicado por la CIFRHS titulado: estrategia servicio social comunitario con enfoque en medicina Familiar: Lineamientos Generales se menciona que en el “Foro análisis del servicio social a 80 años de su instauración” (2) realizado en 2016 se concluyó que:
1. El servicio social de medicina, en la mayoría de las instituciones educativas no forma parte de la malla curricular, por lo que no se continúa con la formación académica del pasante.
2. Las instituciones educativas tienen poco o nulo contacto con los médicos pasantes.
3. El monto de las becas es insuficiente.
4. Existe poca disponibilidad de desarrollos tecnológicos para la práctica clínica del médico pasante y para su capacitación.
5. Elevadas cargas administrativas para el médico pasante.
6. Los médicos pasantes están solos durante un año en los centros de salud, lo que genera sensación de abandono, soledad, estrés, alteraciones depresivas y problemas de interacción con la comunidad.
7. La supervisión es escasa o inexistente.
8. Percepción de inseguridad.
Por último, los días 7 y 8 de agosto de 2023 se llevó a cabo en las instalaciones de la UNAM CU el Foro Nacional sobre Servicio Social y Residencias Médicas en donde se dieron cita una gran cantidad de profesionales de la salud a discutir los retos del servicio social. Las conclusiones fueron similares a las del documento que acabo de mencionar. Al servicio social le hace falta una reforma. Tenemos que adaptar el servicio social al siglo XXI. Su marco normativo actual es insuficiente; pero, debemos de tener cuidado con lo que vamos a reformar. Estos cambios se deben hacer escuchando a la gente que trabaja todos los días con pasantes de servicio social y la normatividad debe de tener en cuenta las necesidades y características de cada una de los estados. No debe de ser una camisa de fuerza, pero sí debe establecer derechos y obligaciones de todos los involucrados y tener como pilar la salud del paciente y el bienestar de los pasantes. Además, de que al reformar la legislación, también se debe escuchar a los pasantes para saber cómo se vive actualmente el servicio social y cómo podemos mejorarlo.
1. Juan José Mazón Ramírez, El marco jurídico del servicio social, Gaceta médica de México, México, Volumen 148, 2012, p.285
2. Visible en: http://cifrhs.salud.gob.mx/site1/ssi/ss_com_enf_med_fam.html