A diferencia de otros derechos, surgidos como una necesidad para que el Estado garantice a sus habitantes ciertas condiciones mínimas de bienestar y de justicia, el de la libertad de expresión emana como una necesidad para impedir que las autoridades intervengan en las publicaciones o en la difusión de ideas de manera escrita o de cualquier otra manera y permitir el flujo de opiniones y de ideas para su reflexión y debate en la arena pública, sin necesidad de llegar al enconamiento.
Su garantía y su reconocimiento ha implicado un largo devenir histórico, tanto a escala global como local. En el caso de nuestro país, los antecedentes más pretéritos están ubicados en 1824, al hablarse de la libertad de imprenta, es decir, de las posibilidades de publicar sin censura de por medio. En su artículo 50 señalaba de manera explícita que era facultad del Congreso “proteger y arreglar la libertad política de imprenta, de modo que jamás se pueda suspender su ejercicio, y mucho menos abolirse en ninguno de los estados ni territorios de la federación”.
Posteriormente, en la Constitución de 1857, en su artículo 6, se determinó que ninguna persona puede ser objeto de “inquisición judicial” por manifestar sus ideas, salvo en los casos de ataque a la moral. Y en el 7, que “es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia.”.
En el siglo XIX, a pesar de la garantía constitucional, durante las últimas décadas del mismo hubo una gran persecución en contra de periodistas por parte de Porfirio Díaz, quien consideraba que sus escritos alteraban el orden público. Entre ellos estuvieron Ignacio Martínez, Paulino Martínez, Lauro Aguirre, Catarino Garza, Ricardo Flores Magón, Enrique Flores Magón y muchos otros, quienes optaron por el exilio en Estados Unidos para evitar encarcelamientos o acciones más punitivas. Desafortunadamente, no en todos los casos fue exitoso el exilio. Hubo otros que incidieron directamente en la materia como Francisco Zarco.
Por esa razón, en la Constitución de 1917 era muy relevante la conservación de las garantías del derecho a la libertad de imprenta y de manifestación libre de ideas, conservándose los artículos 6 y 7 constitucionales como en el texto constitucional de 1857. Ampliándose de tal manera, que en nuestros días, se garantiza “el derecho al libre acceso a información plural y oportuna” y “el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet”.
Además del derecho de réplica y a la libre manifestación de ideas a través de cualquier medio y el impedimento a cualquier autoridad para impedir la garantía de dicho derecho. A la par, continúan vigentes una Ley sobre Delitos de Imprenta y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, como complementarias a la garantía de la libertad de expresión.
Si bien en nuestro país se conmemora el Día de la Libertad de Expresión cada 7 de junio, como parte de una iniciativa del entonces presidente de la República, Miguel Alemán, consensuada con editores y voceadores, a escala global se hace el 3 de mayo, desde hace tres décadas.
La libertad de expresión enfrenta muchos retos en nuestros días, es un concepto que debe reconfigurarse, replantearse y ampliarse, en el sentido de que hay demasiados factores que pueden incidir en ella y tratan de driblar sus responsabilidades. Desde un Estado omiso a los casos de violencia en contra de quienes ejercen labores informativas; un Gobierno que no fomente el derecho al acceso a la información pública o no permita a los organismos vigilantes de dicho derecho ejercer sus funciones de manera plena; los desarrolladores de redes sociales que ejercen mecanismos de censura inexplicables; la autocensura practicada por los propios profesionales de la comunicación ante el temor por la salvaguarda de su integridad; un inadecuado uso de los derechos de las audiencias; la falta de reflexión sobre las implicaciones de los discursos de odio; la implantación de un ecosistema mediático de inmediatez y la posverdad.
Debido a la trascendencia de este derecho, el próximo martes, se hará un llamado internacional a garantizar este derecho, considerado de suma trascendencia para proteger y disfrutar de todos los demás derechos humanos, pues, en caso contrario, será imposible sostener una agenda mundial a favor del desarrollo sustentable, debido a que gran parte de quienes consideran que esta afecta a sus intereses o a sus planes, también desean un mundo silencioso, ignorante e inmóvil.