Los Objetivos de Desarrollo Sostenible son 17 objetivos globales establecidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2015. Los ODS fueron el resultado de un proceso inclusivo, donde se involucraron a los gobiernos, las empresas, la sociedad civil y los ciudadanos. La participación del sector privado en los ODS ha generado grandes expectativas sobre su contribución en temas sociales como la equidad de género, los Derechos Humanos y el medio ambiente. También ha posicionado a la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) como una herramienta, para orientar e influir en las empresas que buscan reducir sus impactos negativos sobre las condiciones ambientales y sociales. Algunos de los documentos relacionados al aporte de las empresas respecto a los ODS hablan de 'alinear' las acciones de las empresas con los ODS a través de la integración parcial de sus estrategias de RSE. Sin duda, esto podría generar un valor agregado basado en mejorar las relaciones con las partes interesadas y crear un camino hacia la sostenibilidad. Sin embargo, mientras las estrategias de RSE son voluntarias, los ODS deben entenderse como metas interconectadas y complementarias basados en marcos internacionales de Derechos Humanos y las normas laborales internacionales (UNWG, 2017) y, por lo tanto, deberían entenderse como vinculantes.
Pero, ¿Qué es la RSE? Blowfield y Frynas (2005) consideran que la RSE es un término general para una variedad de teorías y prácticas, pero que en general reconocen lo siguiente: a) que las empresas tienen una responsabilidad por su impacto en la sociedad y el medio ambiente, a veces más allá del cumplimiento legal y la responsabilidad de individuos; b) que las empresas tienen responsabilidad por el comportamiento de otros con quienes hacen negocios (p. ej., cadena de suministro); y que c) una empresa necesita administrar su relación con la sociedad en general, ya sea por razones de viabilidad comercial o para agregar valor a la sociedad (503). En los últimos 50 años, muchas corporaciones transnacionales han dado pasos hacia la implementación de la RSE en sus operaciones comerciales internas a través de sistemas de gestión de sostenibilidad y el cumplimiento de los estándares internacionales de rendición de cuentas. Los informes de sostenibilidad se han convertido en una práctica común, mejorando la divulgación y transparencia relacionada con estas actividades. Sin embargo, una característica común de la RSE es su naturaleza voluntaria; no existe ninguna ley o reglamento que exija la implementación de una estrategia de RSE en América Latina.
Promover los ODS como un marco en el que las empresas pueden alinearse parece ignorar la importancia del contexto del que han surgido los ODS. Si bien los ODS pueden proporcionar un marco contra el cual las empresas pueden mapear sus actividades de RSE, aprovechando los puntos para mejorar los impactos positivos y mitigar los negativos, esto no sería suficiente para lograr las metas al 2030. La evidencia existente sobre cómo la RSE contribuye al desarrollo sostenible con frecuencia no es concluyente y se reestructura principalmente a la dimensión económica del desarrollo sostenible. Por lo anterior, promover un enfoque de derechos humanos para promover los ODS podría resultar más adecuado y requeriría el cumplimiento a través de la legislación existente.
Este enfoque de Derechos Humanos ya existe, y es mejor conocido como los Principios Rectores de Empresas y Derechos humanos (PRUN). Los Principios Rectores son un marco internacional aprobado por unanimidad por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2011. Sus tres pilares son el deber del Estado de proteger, el rol empresarial de respetar y el tercero son los mecanismos de reparación (Naciones Unidas, 2014). Los Principios Rectores para las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU identifican los deberes legales y los fundamentos políticos relacionados de los Estados con respecto a las empresas y los derechos humanos; las responsabilidades sociales independientes de las empresas, en particular las multinacionales, en relación con los derechos humanos; y los mecanismos de reparación asociados a ambos (Naciones Unidas, 2014). En este caso, “independiente” significa que los derechos humanos existen independientemente de si los Estados están cumpliendo con sus compromisos. Los Principios Rectores no sólo facilitan el uso correcto y la implementación del derecho internacional en cuestión de Derechos Humanos que los Estados tienen el deber de proteger, sino que también identifica normas ya existentes que pueden orientar a las empresas en cómo respetar los Derechos Humanos. Este marco no está exento de críticas y desafíos de implementación; sin embargo, aclara y mejora significativamente los medios por los cuales los gobiernos y, específicamente el sector privado, pueden contribuir a los ODS. En pocas palabras, las empresas no deben alinear sus prácticas de responsabilidad social a las metas de los ODS que respondan únicamente a sus estrategias empresariales, sino que deben de empezar por cumplir e ir más allá de lo que dicta la ley tanto nacional como internacional, especialmente las grandes multinacionales que tienen beneficios en diferentes países. Y por otro lado, se debe evitar, en medida de lo posible, utilizar a los organismos internacionales para castigar a los países que desean mejorar los estándares de vida de su población exigiendo mejores condiciones laborales, salarios y oportunidades.
* Dra. Evelyn Uribe
Investigadora en Incommon (EnComún, en San Francisco, California) y Tutora en el Departamento de Ciencias Políticas de la Universidad de Glasgow en Escocia. Licenciada en Relaciones Internacionales por el Tecnológico de Monterrey. Maestra en Cooperación Internacional para el Desarrollo por el Instituto Mora y un Doctorado en Ciencia Política por la Universidad de Glasgow. Además, cuenta con experiencia en el área de Responsabilidad Social Corporativa, Sostenibilidad, Derechos Humanos y Laborales.