PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El derecho al voto para las personas con discapacidad

Nuestra Carta Magna busca hacer prevalecer los derechos y libertades de todas las personas. | Fernando Díaz Naranjo

Escrito en OPINIÓN el

La Constitución dispone que las autoridades, en este caso las electorales, tienen la obligación de promover, respetar y garantizar los derechos fundamentales que están establecidos tanto en este ordenamiento legal como en los tratados internacionales del que el Estado Mexicano es parte integrante.

Estos derechos humanos, basados en principios de universalidad, independencia y progresividad van de la mano con la disposición legal que determina que está prohibida todo tipo de discriminación, es decir, por origen étnico, género, edad, alguna discapacidad, condición social, condición de salud, religión, preferencias sexuales, entre otras.  Con ello, nuestra Carta Magna busca hacer prevalecer los derechos y libertades de todas las personas.

Un sector muy importante de la población que ha estado históricamente discriminada es justamente la que presenta alguna discapacidad. La Organización Mundial de la Salud, estimó en 2020 que más de mil millones de personas en todo el mundo presentan algún tipo de discapacidad. En México, de acuerdo con el Censo de Población y vivienda de 2020 del INEGI, 6 millones, 179 mil 890 personas cuentan con alguna discapacidad.

Bajo este contexto el Instituto Nacional Electoral (INE), considerando la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como diversas disposiciones de la Constitución, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, ha llevado a cabo diversas acciones para garantizar el ejercicio del voto en condiciones de igualdad para lo cual, entre otros, integró una serie de Protocolos destacando el de operación de casillas especiales en hospitales para el voto de personas  hospitalizadas, familiares o personas a su cuidado en 2018, así como en el que determinó medidas para garantizar el derecho al voto y a la participación ciudadana de las personas con discapacidad en procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana.

Asimismo, destaca la realización del voto anticipado para la elección de Aguascalientes en 2022 de donde se recomendó, para futuras elecciones la realización de un ejercicio de votación anticipada. Es así, que para las presentes elecciones locales que se llevarán a cabo en los estados de Coahuila y el Estado de México este año se realizará una prueba piloto de voto anticipado en ambas entidades federativas.

El objetivo del voto anticipado consiste en brindarle a las personas con alguna incapacidad o limitación física y que se les dificulte asistir a votar en una casilla electoral el día de la jornada electoral, puedan hacerlo de forma anticipada al día de la elección desde su domicilio, disposición que va acorde con lo referido en el artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que establece otorgar facilidades a las personas mexicanas que, residentes en el territorio nacional, estén incapacitados físicamente para acudir a inscribirse ante el Registro de Electores, pudiendo solicitar su inscripción por escrito acompañando la documentación que acredite la incapacidad que corresponda.

Para la realización de esta prueba piloto el INE aprobó los Lineamientos que establecen los criterios para la organización de este importante ejercicio que, seguramente, sentará un precedente importante camino a las elecciones federales y locales de 2024.

Estas acciones se basan en la aplicación del principio de progresividad para garantizarle a toda la población su derecho humano al ejercicio del voto. Con ello, el INE, una vez más, demuestra que es una Institución sólida que se ve reflejado en la confianza que es manifiesta por parte de la población mexicana y que así lo reflejan diversas mediciones que han publicado distintos medios de comunicación, con lo que se fortalece invariablemente nuestra democracia.