El camino que se ha tenido que recorrer para alcanzar una igualdad de derechos entre las mujeres y los hombres ha sido larga a pesar de que el único objetivo es que en nuestra sociedad se garantice la equidad y la igualdad para ambos géneros, que nos permita una convivencia y desarrollo que es exigido en todos los sistemas democráticos.
Con la reforma de 2014 mediante la que se estableció en nuestra Constitución Política la obligación para los partidos políticos, principales agentes en la determinación de candidaturas a cargos de elección popular, postularan sus candidaturas de forma paritaria al Congreso de la Unión y los Congresos de los estados, y con la reforma de 2019 que reformó diversos artículos de nuestra Carta Magna para arribar a la llamada “Paridad en Todo", el Instituto Nacional Electoral (INE) ha realizado esfuerzos importantes para lograr esta igualdad en cumplimiento a este principio constitucional.
Por ello, el INE emitió una serie de criterios para garantizar la paridad de género en la postulación de las candidaturas en la renovación del poder ejecutivo local para las elecciones de 2021, en donde el órgano jurisdiccional electoral coincidió con el INE en determinar que de 15 gubernaturas los partidos políticos postularan a siete candidatas; en 2022 de los seis espacios en disputa se les exigió 3 candidaturas para mujeres, y en 2023 en donde se renovaron dos gubernaturas, en una de esas entidades quedo electa una mujer como gobernadora.
Te podría interesar
El transcurrir de los Acuerdos del INE han sido impugnados, con excepción del tomado en 2022. No obstante, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en esta materia, siempre ha sido un garante del Estado de Derecho y, entre otras consideraciones, ha señalado que la omisión legislativa no puede constituir un impedimento para la aplicación de la norma constitucional.
En tal virtud, el INE nuevamente buscando garantizar el principio de paridad de género en las gubernaturas, el pasado 24 de octubre a través de su Consejo General, máximo órgano de dirección, estableció que los partidos políticos debían postular, entre los 9 espacios en que será renovadas 8 gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, a 5 mujeres y 4 hombres. Debo hacer énfasis que, en dicha sesión en mi carácter de Consejera Electoral del INE, manifesté que dicho Acuerdo debía incluir la candidatura a la Presidencia de la República, al tratarse de un cargo unipersonal al que también le era aplicable el principio constitucional de paridad, propuesta que no fue aprobada.
Este Acuerdo adoptado por el INE fue impugnado ante la Sala Superior del TEPJF por el partido político Movimiento Ciudadano (MC) argumentando, entre otros aspectos, que el INE no era la instancia competente para esta determinación sino el Congreso de la Unión y los Congresos estatales.
Bajo este contexto, el pasado 8 de noviembre en sesión pública del TEPJF, fue presentado un proyecto de sentencia que revocaba el acuerdo del INE y establecía, entre otras consideraciones, que es el TEPJF no es INE la instancia competente para definir los criterios para garantizar la paridad de género. Con ello, el proyecto proponía que la postulación paritaria debía llevarse a cabo en ocho entidades federativas que no legislaron al respecto, exceptuando al Estado de Yucatán que, a juicio del magistrado ponente, si había legislado en esta materia.
Sin embargo, luego de una muy interesante deliberación y argumentación en sesión pública de las y los Magistrados Electorales, por mayoría de votos de las dos magistradas y el magistrado presidente, se determinó que los partidos políticos nacionales deben postular al menos cinco candidaturas para mujeres en los nueve espacios en que se renueva el poder ejecutivo local en 2024, y que el INE es competente para supervisar su cumplimiento, con lo que se ratifica la directriz que el INE (con una importante mayoría de sus consejeras y consejeros electorales) ha seguido para alcanzar una paridad sustantiva en estos importantes cargos de elección popular.
Esta determinación incide en el mapa electoral de los poderes ejecutivos de las entidades federativas al abrir paso para que se incorporen más mujeres y se abata el rezago histórico que ha impedido que más entidades federativas sean gobernadas por mujeres.
Es el turno ahora de los partidos políticos de acatar esta sentencia del TEPJF que constituye un paso firme por alcanzar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Al INE le corresponderá la vigilancia de su cumplimiento y la ciudadanía votar por la o el candidato de su preferencia con lo que damos certeza e igualdad a las elecciones más grandes que tendrá México en 2024.