En estas últimas fechas han sido inverosímiles los hechos lamentables que se han dado en contra de un General y un Coronel en servicio activo del Ejército. Se ha confundido resguardar el estado de derecho con cometer una falta de acción de mando por parte de los responsables del teatro de operaciones. Hoy parece que la cobardía es el factor que asegura el ascenso a un grado militar, y es inconcebible lo que está sucediendo en contra del personal militar.
Se han sobrepasado todos los límites del estado de derecho. ¿Cómo es posible que aquellos que roban, matan, violan, torturan, secuestran y ejercen todo tipo de violencia a los ciudadanos, GOCEN DE TANTA IMPUNIDAD? En consecuencia, la nula coordinación con las diferentes dependencias responsables de la Seguridad Pública a nivel Municipal y Estatal, junto con sus presidentes municipales y gobernadores, les ha propiciado un fenómeno de macro-criminalidad que ha cobrado ya una terrible factura traducida en vidas humanas.
Ahora bien, ¿dónde están todos esos opinólogos y arlequines que solo cobran por ocupar una curul? ¿Dónde están los senadores Lily Téllez y Germán Martínez Cázares quienes hablan de militarismo y militarización? Quiero escucharlos a ver qué opinan de estos deplorables actos de perfidia en contra de seres humanos que ejercen su vocación a la carrera de las armas y otros al del periodismo.
Las policías municipales y estatales han sido rebasadas por la delincuencia organizada. Luego entonces, ¿quiénes son los que van a ir al frente a recibir los balazos? ¿Por qué han hecho oídos sordos hacia la propuesta para los militares retirados que ya no cobran su compensación garantizada? ¿Por qué tanta perversión en contra del militar? Despotricar y criticar sin dar soluciones es lo más perverso del mundo, es una cortina de humo que permite que los delincuentes tanto de cuello blanco como de la delincuencia organizada sigan con sus actividades tranquilamente. Se les olvida que lo que estamos viviendo el día de hoy es consecuencia de los gobiernos priístas y panistas, sin embargo, hoy reclaman y exigen la salida de las Fuerzas Armadas, cuando ellos, LOS TRES PODERES DEL ESTADO (CIVILES) fueron quienes los mandaron a la guerra sin fusil.
Hoy, la mayoría de la estirpe militar está en desacuerdo de la INACCIÓN de los FUNCIONARIOS PÚBLICOS (CIVILES) que por deber, atribución y facultades permiten con su omisión, que los delincuentes estén atacando bases militares, los estén sobajando, humillando y sobre todo, que impere la impunidad descarada. Es necesario establecer esta conceptualización y delimitar las responsabilidades, de tal manera que aquellos políticos que sean ignorantes puedan comprenderlo al leer este pequeño planteamiento. Es necesario que los ciudadanos y las asociaciones civiles comiencen a exigir resultados. Si existen funcionarios mediocres o que solo sean floreros y no puedan con el cargo, ¡que se larguen! no los necesitamos. A continuación explico de forma resumida las principales obligaciones, atribuciones y facultades que deben cumplir en cada área:
1. Poder Legislativo.
Es uno de los órganos constitucionales del Estado que ostentan representación popular y es el generador de las normas con rango de ley, además de ser el fiscalizador y controlador de la acción del gobierno.
2. Poder Judicial de la Federación:
Es el Poder que cuenta con las atribuciones necesarias para impartir justicia de manera cumplida y para mantener el equilibrio entre los demás Poderes.
3. Fiscalía General de la Nación y fiscalías de las entidades Federativas:
Son las entidades encargadas de investigar y acusar ante los juzgados y tribunales competentes a quienes se presuma han cometido algún delito que atente contra la vida, la seguridad o los bienes de otro.
4. Ley General del Sistema Nacional de seguridad Pública:
Artículo 2. La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas
Artículo 3. La función de Seguridad Pública se realizará en los diversos ámbitos de competencia por conducto de las Instituciones Policiales, del Ministerio Público, de las instancias encargadas de aplicar las infracciones administrativas, de los responsables de la prisión preventiva y ejecución de penas, de las autoridades competentes en materia de justicia para adolescentes, así como por las demás autoridades que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente al objeto de esta Ley.
De la organización del Sistema Nacional de Seguridad Pública Artículo 10.- El Sistema se integrará por: I. El Consejo Nacional de Seguridad Pública, que será la instancia superior de coordinación y definición de políticas públicas; II. La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia; III. La Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes; IV. La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario; V. La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal; VI. Los Consejos Locales e Instancias Regionales, y VII. El Secretariado Ejecutivo del Sistema. El Poder Judicial de la Federación y los Tribunales Superiores de Justicia contribuirán con las instancias que integran el sistema, en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública.
Artículo 11. Las Conferencias Nacionales establecerán los mecanismos de coordinación que permitan la formulación y ejecución de políticas, programas, acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones. El Secretario Ejecutivo realizará las acciones necesarias para asegurar que la coordinación sea efectiva y eficaz e informará de ello al Consejo Nacional.
Artículo 61. El Programa Rector de Profesionalización es el instrumento en el que se establecen los lineamientos, programas, actividades y contenidos mínimos para la profesionalización del personal de las Instituciones de Procuración de Justicia.
Artículo 78. La Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales.
Artículo 128. El Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana establecerá mecanismos eficaces para que la sociedad participe en el seguimiento, evaluación y supervisión del Sistema, en los términos de esta ley y demás ordenamientos aplicables.
Artículo 142.- Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública a que se refiere el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se componen con los recursos destinados a la seguridad pública previstos en los fondos que establece el artículo 25, fracciones IV y VII, de la Ley de Coordinación Fiscal para tal objeto. Los recursos que se programen, presupuesten y aporten a las entidades federativas y municipios, así como su ejercicio, control, vigilancia, información, evaluación y fiscalización, estarán sujetos a dicho ordenamiento y a la presente Ley; asimismo, únicamente podrán ser destinados a los fines de seguridad pública referidos en la citada Ley de Coordinación Fiscal.
Artículo 109. La Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, suministrarán, intercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán, la información que diariamente se genere sobre Seguridad Pública mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos. El Presidente del Consejo Nacional dictará las medidas necesarias, además de las ya previstas en la Ley, para la integración y preservación de la información administrada y sistematizada mediante los instrumentos de información sobre Seguridad Pública. Las Instituciones de Procuración de Justicia tendrán acceso a la información contenida en las bases de datos criminalísticos y de personal, en el ámbito de su función de investigación y persecución de los delitos. La información sobre administración de justicia, podrá ser integrada las bases de datos criminalísticas y de personal, a través de convenios con el Poder Judicial de la Federación y los Tribunales Superiores de Justicia de los tres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos de competencia y con estricto apego a las disposiciones legales aplicables. El acceso a las bases de datos del sistema estará condicionado al cumplimiento de esta Ley, los acuerdos generales, los convenios y demás disposiciones que de la propia Ley emanen.
Como podemos observar, algunas de estas instituciones y sus dependencias, que tienen una gran problemática, no han cumplido cabalmente con sus obligaciones, atribuciones y facultades que requiere el encargo que se les ha conferido para establecer una buena gobernanza del estado de derecho. El común denominador ha sido la corrupción, la impunidad y los cotos de poder que siguen persistiendo. Por lo tanto es necesario que se denuncie y se sancione con mano dura a todos aquellos funcionarios que pidan dinero, participen en extorsiones o cometan la Comisión por Omisión, la cual impide la debida persecución del delito y el buen ejercicio de la acción penal, para que los jueces puedan otorgar una sentencia absolutoria o condenatoria con un alto sentido de justicia. México lo pide y exige.
Los militares NO son los responsables de investigar, son responsables de RESTAURAR EL ORDEN donde éste se ha perdido, por el método que sea necesario, le guste a quien le guste, le duela a quien le duela. LOS CIUDADANOS MEXICANOS EXIGEN JUSTICIA y el ESTADO DE DERECHO se debe imponer. Como decía un militar veterano: “…LA DIFERENCIA RADICA EN QUE, LOS MILITARES LLEGAN A DONDE NO LLEGAN LOS FILÓSOFOS, IDEÓLOGOS, POLÍTICOS, FUNCIONARIOS DE PAPEL Y TODOS AQUELLOS CRÍTICOS”.
Por último, le pido respetuosamente al general Secretario de la Defensa Nacional Luis Cresencio Sandoval González y al Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Lic. Andrés Manuel López Obrador en su calidad de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, que no abandonen al Coronel de caballería Diplomado de Estado Mayor José Isidro Grimaldo Muñoz, quien fue secuestrado por miembros del crimen organizado cuando se encontraba de vacaciones en el estado de Jalisco,. En noviembre de 2021 ese mismo grupo criminal secuestró a dos elementos de la Marina Armada de México, y gracias al operativo implementado por esa Secretaría se pudo recuperar a los elementos navales con vida en el municipio de Vallarta, Jalisco. Por respeto a sus investiduras les pido una respuesta clara y contundente para encontrar con vida al Coronel Grimaldo, y dejar en claro que ningún grupo criminal puede estar por encima de la ley. Nuestras Fuerzas Armadas salen todos los días a arriesgar la vida por cuidarnos a todos los mexicanos, y de no corresponder a esa lealtad como sociedad y mandos, estaríamos traicionando a nuestras tropas y al sacrificio que realizan todos los días, aun cuando existen grupos políticos, de la sociedad civil, empresarial y criminales que todos los días los atacan, calumnian y difaman sin darles oportunidad a defenderse. Hago este llamado como un ciudadano que confía en el alto mando de la SEDENA y en el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.