El uso de las redes sociales se ha incrementado exponencialmente en los últimos 10 años, situación que ha impactado a las campañas electorales, pues estas vías de comunicación se han convertido en un factor que incide poderosamente en la opinión pública. Antes la radio y la televisión eran los medios de comunicación por excelencia; hoy en día las elecciones se definen, en gran medida, en el ciberespacio.
Desafortunadamente, los ataques contra mujeres en las redes sociales que constituyen violencia política en razón de género igualmente se han incrementado, porque el aumento de la participación de las mujeres en la vida pública y en escenarios de liderazgo político ha tenido como efecto indeseable el aumento de la violencia de género en estos mecanismos de comunicación.
La violencia contra las mujeres en las redes sociales no es un fenómeno aislado, pues es resultado de contexto social de desigualdad y discriminación contra las mujeres y las niñas impuesto por una visión machista de la vida en sociedad. Por esta razón, las agresiones y los ataques que viven las mujeres no son más que una extensión de la violencia que las ha afectado en todas las esferas de su vida.
El aumento de la violencia política de género en las redes sociales se debe a, por lo menos, las siguientes razones: la primera, la facilidad con las cuales cualquier persona puede acceder a ellas, lo que no sucede con la radio y la televisión. Cualquier persona con acceso a internet puede tener una cuenta de Twitter o Facebook. La segunda, es que la cuenta puede diseñarse para ocultar a la persona que está detrás, del anonimato y la agresión. La última razón es la rápida propagación y permanencia del contenido digital.
Como respuesta a esta situación, mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de junio de 2021, se agregó a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el capítulo IV Ter, relativo a la violencia digital y mediática. Asimismo, se reformó el Código Penal Federal, para tipificar el delito de Violación a la Intimidad Sexual.
Esta reforma se conoció como "Ley Olimpia" y tiene su origen desde 2014, promovida por la activista Olimpia Coral Melo; quien después de ser víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento, se ha dedicado a promover la regulación de la violencia digital en el ámbito legislativo.
De acuerdo con la información estadística de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, el principal motivo de la presentación de quejas por violencia política de género es el ataque en las redes sociales, así como medios digitales con el uso de expresiones discriminatorias, misóginas y denostativas; pues del 14 de abril de 2020 al 13 de noviembre de 2022, de las 245 denuncias y vistas recibidas en 81 se refieren a este tipo de hechos.
Es indudable el papel que las redes sociales juega en la conformación de la opinión pública, como espacio para la libre circulación de ideas y opiniones, por lo que su utilización se encuentra amparada y protegida por la libertad de expresión. Por esta misma razón, las manifestaciones hechas en ellas se encuentran limitadas en las restricciones establecidas tanto por la Constitución y los tratados internacionales para salvaguardar este derecho humano.
Lo anterior resulta relevante por el contexto actual de Twitter, una de las principales redes sociales a nivel mundial, pues muy probablemente se replanteará sustancialmente la forma en la cual ha operado hasta ahora; sin embargo, estos cambios no pueden llevar a convertirla en un espacio que escape a los límites constitucionales de la libertad de expresión, pues se correría el riesgo de convertirla en un ámbito donde se violente permanentemente e impunemente a las mujeres.