La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió desde 2016 que los patrocinadores y proveedores de los equipos de futbol en México no pueden solicitar un amparo para combatir las reglas de la Federación Mexicana de Futbol (Femexfut), debido a que se trata de conflictos entre particulares.
En una decisión que marcó un precedente para el mundo del deporte y los negocios en México, los tribunales federales establecieron que los patrocinadores y proveedores de los clubes de futbol no pueden recurrir al juicio de amparo para combatir las reglas internas de la Federación Mexicana de Futbol (FMF).
El origen del conflicto
El conflicto se originó cuando "una empresa firma un contrato millonario para patrocinar a un club de futbol". Elaboró las campañas de publicidad y de productos; sin embargo, descubrió que la normativa de la Femexfut perjudicaba su estrategia comercial.
Ante esta situación, la empresa intentó protegerse mediante la justicia federal, planteando si una organización privada con tanto poder puede ser tratada legalmente como una autoridad.
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El límite de la justicia constitucional
La respuesta del magistrado Víctor Hugo Díaz Arellano del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil fue que la Femexfut y sus órganos internos, como la Asamblea de Clubes o el Comité Ejecutivo, actúan como particulares y no como entes de gobierno.
De acuerdo con la sentencia, para que un particular sea considerado "autoridad" en un juicio de amparo, debe existir una relación de "supra a subordinación", donde sus actos sean unilaterales, obligatorios y estén respaldados por una norma general que le confiera atribuciones estatales.
En este caso, el tribunal determinó que entre la Federación y los patrocinadores no existe tal vínculo, ya que sus funciones "se ubican netamente en el plano del derecho privado, en otras palabras, de particulares".
Por lo tanto, la emisión y aplicación de reglamentos de competencia no pueden ser impugnados por esta vía constitucional.
Consecuencias para los inversionistas
Para el abogado y presidente de la organización Perteneces AC, esta resolución tuvo un impacto directo e inmediato en el caso: a la empresa demandante se "le cerró la puerta del amparo", lo que significa que no pudo solicitar a un juez federal que revisara si las reglas de la Federación respetaban sus derechos constitucionales.
Esto implicó un cambio de estrategia legal para quienes hacen negocios en el futbol. Al no poder acceder a la protección inmediata de la justicia federal, cualquier conflicto deberá resolverse por vías tradicionales, como juicios civiles o mercantiles, los cuales pueden tardar años en concluir.
El poder de los entes privados
Más allá del balón, este fallo abre un debate sobre la capacidad de influencia de las grandes corporaciones y asociaciones en la vida pública. La tesis judicial invita a reflexionar sobre qué sucede cuando el "enorme poder económico de las organizaciones puede afectar nuestros derechos sin que exista un mecanismo judicial efectivo", como el amparo, para ponerles un límite claro.
En el terreno de juego legal, la FMF mantiene su autonomía frente a los contratos de terceros, dejando la vía constitucional fuera del alcance de sus socios comerciales.
