SENADO DE LA REPÚBLICA

Esto sabemos de las 3 reformas aprobadas en el Senado sobre injerencia extranjera y elecciones

Luego de 10 horas de discusión, el Senado avaló el aplazamiento de la elección judicial al 2028, la causa de nulidad electoral por injerencia extranjera y la creación de la Comisión de Verificación de Integridad de candidatos

Créditos: Cuartoscuro / Ilustrativa
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El Senado de la República tuvo una madrugada ocupada que se alargó por cerca de 10 horas para aprobar tres reformas que estaban en la agenda del periodo extraordinario de sesiones.

La primera reforma incluyó la aprobación del aplazamiento de la elección judicial para el 2028 y la reelección de magistrados en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La segunda reforma aprobada tipifica la "intervención o injerencia extranjera" como una nueva causa para declarar la nulidad de un proceso electoral.

La tercera reforma avala la creación de la Comisión de Verificación de Integridad con la que se busca frenar la inclusión de candidatos con vínculos criminales en la próxima elección.

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¿Qué sabemos de las tres reformas aprobadas en el Senado?

Aplazamiento de la elección judicial y reelección en el TEPJF

Se aprobó una reforma a la Constitución para aplazar la elección del Poder Judicial, que originalmente estaba prevista para 2027, trasladándola al año 2028.

Además, se incluyó en la reforma una adición que permite a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación puedan reelegirse en sus cargos.

El dictamen alcanzó la mayoría calificada necesaria al obtener 87 votos a favor y 41 en contra (contando un voto registrado en el Diario de los Debates) en lo general. Durante la discusión en lo particular, se rechazaron 17 propuestas de modificación (reservas) presentadas por legisladores de diversos partidos.

Tras haber sido avalado en lo general y en lo particular por el Senado, el dictamen fue enviado a los 31 Congresos estatales y al Congreso de la Ciudad de México para su consideración final.

Nueva causal de nulidad en las elecciones

El Senado también dio luz verde a una reforma que tipifica la "intervención o injerencia extranjera" como una nueva causa para declarar la nulidad de un proceso electoral.

El coordinador de Morena, Ricardo Monreal, solicitó retirar del orden del día la reforma a la legislación secundaria (Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral) para darle un mayor periodo de análisis y reflexión. Debido a esto, la reforma aprobada es únicamente a nivel constitucional, lo que por ahora no garantiza plenamente su aplicación hasta que se aprueben las leyes secundarias.

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó modificar el artículo 41 (base VI) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer una nueva causal de nulidad de elecciones en caso de intervención o injerencia extranjera.

Hasta ahora, la Constitución solo preveía anular elecciones por conductas internas, como el exceso de gastos de campaña, la compra de cobertura en medios de comunicación o el uso de recursos públicos o ilícitos. La reforma busca actualizar la ley frente a nuevas formas de injerencia externa, tales como la manipulación digital, el financiamiento opaco, los ciberataques o las campañas coordinadas de desinformación.

La aplicación de esta sanción no será automática ni discrecional. Para anular una elección bajo esta nueva causal, será obligatorio probar de forma objetiva lo siguiente:

  • La existencia real de la intervención de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros con la intención de influir en las preferencias electorales.
  • La gravedad y el dolo (intención) detrás de estas prácticas.
  • Que dichos actos hayan sido determinantes para los resultados de la elección.

Legisladores de Morena, PVEM y PT argumentaron que se trata de una medida patriótica para defender la soberanía nacional y asegurar que las decisiones del país se tomen "sin presiones, sin dinero extranjero y sin campañas de manipulación". Además, justifican que es una respuesta histórica del Estado mexicano ante un riesgo global que ya afecta a todas las democracias, destacando que otros países, como Estados Unidos, tienen leyes similares.

Mientras que legisladores del PAN, PRI y MC, partidos de oposición, rechazaron la reforma advirtiendo que está redactada de manera ambigua y sujeta a interpretaciones peligrosamente discrecionales. La consideraron como una "nueva herramienta" inventada por el oficialismo para anular elecciones a conveniencia. Señalan que es casi imposible cumplir de manera objetiva con el estándar de prueba requerido o identificar al destinatario real de la sanción. Advierten que pone en riesgo la libertad de expresión de organismos internacionales y no da plazos suficientes para que los estados ajusten sus leyes.

La iniciativa alcanzó la mayoría calificada en el Senado, con 85 votos a favor y 42 en contra. Al ser una reforma constitucional, el dictamen aprobado ya fue enviado a los congresos de las entidades federativas para su eventual ratificación, como lo marca el artículo 135 de la Constitución.

Un total de 17 congresos de entidades federativas han aprobado la reforma judicial que pospone para 2028 la elección. Sobre nulidad de elecciones, al momento van 18 congresos de entidades que lo avalan.

Creación de la Comisión de Verificación de Integridad

Finalmente, en las primeras horas de la madrugada y sin mayor discusión en el pleno, la Cámara Alta aprobó la reforma para establecer la Comisión de Verificación de Integridad de Candidaturas.

Se reformó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para ordenar al INE la creación de la Comisión de Verificación de Integridad de Candidaturas. A propuesta de Ricardo Monreal, esta comisión estará integrada por tres consejerías (en lugar de cinco, como se planteó originalmente).

Los partidos políticos podrán enviar al INE la información de sus candidaturas de manera voluntaria.

El INE actuará como intermediario enviando la información a instancias especializadas para detectar "riesgos razonables". Estas instituciones son el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Fiscalía General de la República (FGR).

Una vez realizada la revisión, las instituciones devolverán la información al INE y este a los partidos. Sin embargo, ni los partidos ni el INE están obligados a cancelar una candidatura en caso de que se detecte algún riesgo; la decisión final de postulación seguirá siendo del partido.

El INE, en coordinación con las autoridades de seguridad y financieras, deberá emitir lineamientos para el funcionamiento de esta comisión y garantizar mecanismos que salvaguarden la protección de datos personales y la confidencialidad de la información en todo momento.

Se trata de un proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que fue considerado para trámite de urgente resolución y que una vez aprobado por la Asamblea fue remitido al Ejecutivo Federal.

 

lrc