La solicitud de extradición del gobernador de Sinaloa Rubén Rocha Moya y el senador Enrique Inzunza, respectivamente, hecha por el gobierno de Estados Unidos al de México no tiene plazo específico para ser respondida.
En el proceso, la solicitud fue entregada a la Secretaría de Relaciones Exteriores y será la dependencia encabezada por el joven canciller Roberto Velasco quien tenga la última palabra para decidir si entrega o no a ambos personajes políticos al gobierno estadounidense.
Además, Rocha Moya e Inzunza tienen fuero. En el caso del mandatario de Sinaloa, es local, por lo cual el Congreso estatal debe pronunciarse. En el caso de Inzunza, tiene federal y sería la Cámara de Diputados la que tendría que decidir su futuro. Ambos tendrían que ser desaforados por congresos que están en manos de la mayoría morenista a la que pertenecen.
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Pero si eso llegara a ocurrir, contarían con la posibilidad de solicitar amparo, y si el caso escala, hasta recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Una salida distinta sería la política, que el gobierno de México decidiera entregarlos, agobiado por la presión política de la administración de Donald Trump, que podría apretarle las tuercas con el Tratado de Comercio, dijeron a La Silla Rota los expertos en derecho internacional, la académica de la universidad Iberoamericana, internacional, Virdzhiniya Petrova y el abogado Jesús Coronado, socio de JMJ Partners & Lawyers.
CASO RUBÉN ROCHA MOYA - COBERTURA COMPLETA
El procedimiento
Petrova explicó parte del procedimiento que seguirá la solicitud de extradición. El 28 de abril llegó la solicitud a la SRE citando las leyes estadounidenses donde se tipifican los delitos de los que se le acusa.
La solicitud se recibió y se turnó a la Fiscalía General de la República porque la dependencia consideró que no se presentaron suficientes pruebas. A la FGR le corresponde entonces analizar la solicitud. Si ve que no hay pruebas suficientes, puede solicitar pruebas adicionales a través de la SRE.
No hay un plazo específico para responder a la solicitud de extradición por parte de la SRE, aunque se supone se debe responder sin demora.
Si la fiscalía considera que sí hay pruebas, entonces le pide a un juez que detenga de manera provisional al inculpado para ver si procede la solicitud de extradición. Detenido el acusado, el juez emite una opinión técnica de si procede la solicitud.
Pero quien tiene la última palabra es la Secretaría de Relaciones Exteriores y México podría decidir no extraditarlo. También ambos pueden ampararse, en caso de que hayan sido desaforados.
Coronado por su parte explicó algunos de los requisitos que deben cumplir las solicitudes. Se hacen con base a que de lo que se les acuse sea delito en ambos países, que no prescriba. Tampoco se vale pedir la extradición y juzgarlo por otro. Y que no sea por temas políticos.
“Entonces se debe formular muy bien la acusación”, dijo el abogado experto en el tema.
El desafuero
El artículo 111 de la Constitución es el que establece que para proceder penalmente contra las y los diputados y las y los senadores, por la comisión de delitos durante su tiempo de encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en la sesión, si hay o no lugar a proceder contra la persona inculpada.
Para proceder contra gobernadores se seguirá el mismo procedimiento establecido en el 111 constitucional, pero en los congresos locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponde.
Si eso llegara a ocurrir, aún tienen la posibilidad del amparo y llegar hasta la SCJN, como ocurrió con Francisco Cabeza de Vaca cuando fue acusado, dijo por su parte el penalista Luis Tapia.
La primera reacción de la Secretaría de Relaciones Exteriores a la solicitud de extradición fue de señalar que la solicitud no contenía suficientes pruebas, pero eso no significa que se deba negar la extradición. No es una causal, aseguró Petrova.
En el artículo 12 del tratado de extradición entre México y Estados Unidos se establece que la SRE puede pedir pruebas adicionales al gobierno de Estados Unidos si considera que las primeras fueron insuficientes.
“La respuesta puede ser una forma de ganar tiempo”, consideró.
También detectó que hubo molestias de gobierno mexicano porque acusó que se incumplieron reglas que exigen que la información sobre la solicitud sea confidencial. Pero no es así, Estados Unidos no debe ocultarla y no hay obligación, tan es así que ahora que México solicitó la extradición del contralmirante Fernando Farias Laguna a Argentina, no hubo reserva.
Las entregas anteriores de generadores de violencia que ha hecho el gobierno mexicano el año pasado y este sin solicitudes de extradición están relacionadas con la discusión del TMEC, además de que el presidente Donald Trump ha usado la amenaza de aranceles contra México y los ha aplicado, siempre acompañado de ultimátum y tiene que ver también con combatir el tráfico de fentanilo. Al entregar criminales, México ha mostrado voluntad de cooperar.
Pero la solicitud de extradición de Rocha Moya, Inzunza y otros personajes de Sinaloa, es un caso político donde el gobierno los quiere mantener a fuerza en el cargo, observó la experta en derecho internacional.
“No se trata de un presunto delincuente común, sino un gobernador del partido en el poder”, dijo la académica de la Ibero.
El caso además está contaminado porque de manera paralela está la solicitud de México al gobierno de Argentina para que entregue al contralmirante Farías Laguna, a quien Estados Unidos también quiere, y el caso de la incursión de dos agentes de la CIA en una operación de seguridad encabezada el gobierno de Chihuahua.
Para Coronado, el caso podría seguirse sólo por la vía jurídica y diplomática, lo que puede llevar a que se dilate. Si es por lo político, será más complicado pero puede desatorarse. Dependerá de la cooperación bilateral.
“Desafortunadamente, y nos pasa en esta materia y en muchas otras, así como el tema político nos puede frenar, también nos lo puede acelerar”.
