MODALIDADES IMSS

¿Es posible cambiar de Modalidad 10 a Modalidad 40 en el IMSS? Lo que debes saber sobre tu pensión

Conocer diferentes opciones y diseñar una estrategia adecuada puede marcar la diferencia entre una pensión limitada y una más sólida; la pregunta central para muchos trabajadores es si pueden cambiar de una a otra modalidad y qué tanto impacta en el monto final de su retiro

Para entrar a la Modalidad 40 debes estar bajo la Ley 73
Lo ideal es estar bien asesorado para tomar la mejor decisión en beneficio de tu retiro.Para entrar a la Modalidad 40 debes estar bajo la Ley 73Créditos: Pixabay: ilustrativa
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La Modalidad 10 y la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) son dos esquemas clave para quienes buscan asegurar o mejorar su pensión. Aunque funcionan de manera distinta, especialistas coinciden en que pueden complementarse. 

Para comenzar, es importante señalar que la Modalidad 40, conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a los trabajadores realizar aportaciones voluntarias al IMSS para incrementar tanto sus semanas cotizadas como su Salario Base de Cotización (SBC)

Este esquema está diseñado principalmente para quienes buscan elevar el promedio salarial de sus últimos años laborales, lo que puede traducirse en una pensión hasta 300% mayor respecto a la original.

Sin embargo, se trata de una opción costosa. En 2026, el salario máximo permitido es de 25 UMAs (2,932.75 pesos diarios), lo que equivale a un SBC mensual de 87,982.5 pesos. Bajo este escenario, el trabajador debe cubrir aproximadamente 12,702.91 pesos mensuales, ya que asume tanto la cuota patronal como la obrera.

Un punto importante es que durante el tiempo que se cotiza en Modalidad 40 no se tiene acceso a servicios médicos del IMSS.

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Ventajas y limitaciones de la Modalidad 40

Entre sus principales beneficios destacan:

  • Incremento significativo en el monto de la pensión
  • Posibilidad de mejorar el promedio salarial
  • Estrategia efectiva para quienes están cerca del retiro

No obstante, implica un alto costo mensual y la ausencia de cobertura de salud, lo que debe considerarse en la planeación financiera.

¿Qué es la Modalidad 10 y quiénes pueden acceder?

La Modalidad 10 está dirigida a trabajadores independientes como profesionistas, comerciantes, artesanos o prestadores de servicios. Este esquema permite incorporarse voluntariamente al IMSS y acceder a prestaciones similares a las de un trabajador formal.

A diferencia de la Modalidad 40, incluye servicios de salud, aportaciones a la subcuenta de vivienda del Infonavit y cobertura integral de seguridad social.

El costo de esta modalidad puede oscilar entre 18% y 25% del salario registrado. Por ejemplo, con un ingreso de 10,000 pesos, el pago mensual sería de entre 1,800 y 2,500 pesos.

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 Diferencias clave entre Modalidad 10 y Modalidad 40

  • Modalidad 10: ofrece seguridad social completa y acceso a servicios médicos
  • Modalidad 40: se enfoca en aumentar la pensión, pero sin cobertura de salud

Costo: la Modalidad 40 puede ser más elevada en términos absolutos, aunque la Modalidad 10 representa un mayor porcentaje del ingreso.

Especial

¿Se puede cambiar de Modalidad 10 a Modalidad 40 en el IMSS?

Sí, es posible pasar de la Modalidad 10 a la Modalidad 40, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por el IMSS.

Para acceder a la Modalidad 40 es necesario:

  • Estar bajo la Ley 73 (haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997)
  • No tener una relación laboral formal vigente
  • Contar con al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años
  • Provenir de un esquema obligatorio, como un empleo formal o la Modalidad 10

Por ejemplo, si una persona dejó de cotizar hace varios años, puede reactivarse mediante la Modalidad 10 durante 52 semanas para posteriormente migrar a la Modalidad 40.

De acuerdo a expertos en la materia, el cambio de Modalidad 10 a Modalidad 40 es viable y puede representar una mejora sustancial en la pensión, pero requiere planeación, capacidad de pago y cumplimiento de requisitos legales.

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AJA