En el reglamento publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación, se indica que las sesiones podrán ser públicas, privadas y extraordinarias; el cambio respecto a la manera en que operaba la Corte anteriores es con estas últimas.
Las extraordinarias podrán celebrarse en cualquier fecha y horario, aún en periodos de receso si el asunto la justifica. También podrán llevarse a cabo sesiones en territorio a solicitud de la ciudadanía.
Si es un ministro o ministra quien solicita la sesión extraordinaria, deberá exponer las razones de su petición. Y el pleno resolverá si se aprueba a no. De aprobarse la propuesta debe precisarse la fecha de celebración y lugar en que se llevará a cabo.
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El reglamento especifica que cuando las sesiones extraordinarias en territorio se deban realizar en pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, la Corte debe coordinarse con las autoridades comunitarias para respetar sus normas, costumbres y formas de organización.
Días y temas de sesión
Las sesiones se llevarán a cabo de lunes a jueves: lunes y martes se tratarán asuntos de fondo en controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, contradicciones de criterios y recursos en materia de seguridad nacional, entre otros.
Los miércoles y jueves, cuando funcionaban las salas, que desaparecieron tras la reforma aprobada en septiembre pasado, se dedicarán a materias penal y civil, y materias administrativa y laboral, respectivamente.
La exposición de motivos culpa a las anteriores integraciones de la Corte de prolongarse mucho en los debates, por lo que ahora establece tiempos máximos de exposición y discusión de los asuntos. Ahora el máximo para el ministro ponente será de 10 minutos para presentar su proyecto.
Habrá una primera ronda de intervenciones en la que cada integrante podrá hablar hasta por 7 minutos y posteriormente el ponente tendrá cinco minutos adicionales para responder.
En la segunda ronda cada ministro tendrá cinco minutos, y el ponente tres minutos para contestar. La presidencia podrá autorizar más rondas si el tema lo requiere.
Sueldos se mantienen en el nivel de Corte de Piña
Al asumir la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar prometió que el Poder Judicial tomaría las medidas necesarias para que ningún impartidor de justicia ganara más que la presidenta de la República.
En la página de Transparencia de la SCJN se establece que Hugo Aguilar ganará 137 mil 582 pesos, 452 pesos más de lo que percibía su antecesora, la ministra Norma Lucía Piña (137 mil 131).
Otros siete ministros percibirán la misma cantidad de 137 mil 582 pesos, con excepción de Lenia Batres, quien recibe 128 mil 992.
El salario de ambos es ligeramente al de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien de acuerdo con el Presupuesto de Egresos 2025, percibe 138 mil 878 pesos.
Los ministros de la Corte redujeron sus salarios dos veces durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quien presionó para que ningún funcionario ganara más que el presidente, como lo dispone la Ley federal de remuneraciones de los servidores públicos.
En 2019, los ministros percibían 257 mil pesos, pero aceptaron bajar su sueldo a 206 mil, que fue su sueldo hasta 2024.
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Los ministros se negaban a bajar sus sueldos porque la Presidencia nunca precisó cuál es su remuneración real, ya que no se contabilizan sus prestaciones como el pago de luz, teléfono, alimentos y habitación derivado de que el titular del Ejecutivo reside en Palacio Nacional, que es un edificio oficial.
